Resolución número 2774 de 2016, por la cual se aclara, modifica y adiciona la Resolución número 2560 del 22 de septiembre de 2016 - 20 de Octubre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 651947589

Resolución número 2774 de 2016, por la cual se aclara, modifica y adiciona la Resolución número 2560 del 22 de septiembre de 2016

EmisorMinisterio de Cultura
Número de Boletín50032

La Ministra de Cultura, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 397 de 1997 (modificada por el artículo 7º de la Ley 1185 de 2008) y el Decreto 1080 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 2560 del 22 de septiembre de 2016 se declaró como Bien de Interés Cultural del Ámbito Nacional (BICN) el conjunto arquitectónico denominado claustros A y B de La Enseñanza e iglesia de Nuestra Señora del Pilar, inmuebles localizados en las calles 72 y 70A, entre las carreras 7a y 9a, Nº 7-55, en Bogotá, D. C., y se aprobó el Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) para dichos bienes;

Que el Capítulo III, Condiciones de Manejo, Subcapítulo 1, Aspectos físico-técnicos, usos, estacionamientos y edificabilidad, artículo 15, aspectos físico técnicos, alturas, quedó consignado:

"Alturas La altura permitida será de 18 pisos o 78 metros contabilizados a partir del nivel del terreno. Se permitirá desarrollar sobre el lote de la calle 70 una altura máxima de 8 pisos o 33,75 metros, y para el lote del perfil urbano de la carrera 9a, la altura máxima será de 7pisos o 30,9 metros.

Para las ampliaciones desarrolladas en articulación con bienes de interés cultural, la ampliación podrá desarrollar subsuelos o sótanos hasta cumplir con el requerimiento funcional del proyecto.

Los pisos no habitables ubicados parcial o totalmente bajo el terreno, no se incluirán en los índices de construcción, ni se contabilizarán como piso para efectos de la altura permitida.

Ilustración 4. Alturas y aislamientos que se definen en el PEMP

La altura mínima de piso será de 2,20 m.

La entre placas de piso y cielorraso se ajusta a lo establecido en el Decreto 80 de 2016, el cual en su artículo 12 señala: "Altura máxima de la edificación = (Número de pisos permitidos en la ficha reglamentaria x 4,20...

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