Resolución número 299 de 2018, por medio de la cual se modifica la Resolución número 143 de 29 de marzo de 2017 - 15 de Junio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 729748909

Resolución número 299 de 2018, por medio de la cual se modifica la Resolución número 143 de 29 de marzo de 2017

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Minería
Número de Boletín50625

La Presidenta de la Agencia Nacional de Minería (ANM), en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 78 y 92 de la Ley 489 de 1998, y en desarrollo de lo dispuesto en los artículos 271, 278, y 317 del Código de Minas, los artículos 3º, 4º y 10 del Decreto-ley número 4134 del 3 de noviembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el artículo 317 de la Ley 685 de 2001 -Código de Minas- la referencia a la autoridad minera o concedente, sin otra denominación adicional, se entenderá hecha al Ministerio de Minas y Energía o, en su defecto, a la autoridad nacional, que de conformidad con la organización de la administración pública y la distribución de funciones entre los entes que la integran, tenga a su cargo la administración de los recursos mineros.

Que mediante el Decreto-ley número 4134 de 2011, se creó la Agencia Nacional de Minería (ANM), y en los numerales 1, 2, 7 y 9 de su artículo 4º se determinaron como funciones a su cargo: "1. Ejercer las funciones de autoridad minera o concedente en el territorio nacional. 2. Administrar los recursos minerales del Estado y conceder derechos para su exploración y explotación (...) 7. Mantener actualizada la información relacionada con la actividad minera. (...) 9. Determinar la información geológica que los beneficiarios de títulos mineros deben entregar, recopilarla y suministrarla al Servicio Geológico Colombiano".

Que el literal f) del artículo 271 de la Ley 685 de 2001 -Código de Minas-, contempla como requisito de la propuesta de contrato de concesión "el señalamiento de los términos de referencia y guías mineras que se aplicarán en los trabajos de exploración y el estimativo de la inversión económica resultante de la aplicación de tales términos y guías".

Que en el artículo 278 de la Ley 685 de 2001 -Código de Minas- ordena a la Autoridad Minera adoptar términos de referencia normalizados, aplicables en la elaboración, presentación y aprobación de los estudios mineros, los cuales constituyen un parámetro de obligatorio cumplimiento para la presentación de la propuesta y para el desarrollo de la etapa de exploración, al tenor de lo dispuesto en el artículo 81 del mismo cuerpo normativo.

Que mediante Resolución 180859 del 20...

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