Resolución número 3001 de 2020, por la cual se suspende temporalmente la aplicación parcial del numeral 22 del Capítulo 8.3 correspondiente a las Facultades y Obligaciones de la Interventoría y el literal h) del Capítulo V correspondiente al Informe final y documentos anexos del instructivo MINFRA-MN-IN-17 Recibo Definitivo de Interventoría del Manual de Interventoría de Obra Pública del Instituto Nacional de Vías (Invías), en lo que tiene que ver con la exigencia de certificación por parte de la Subdirección de Estudios e Innovación - 1 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 853216716

Resolución número 3001 de 2020, por la cual se suspende temporalmente la aplicación parcial del numeral 22 del Capítulo 8.3 correspondiente a las Facultades y Obligaciones de la Interventoría y el literal h) del Capítulo V correspondiente al Informe final y documentos anexos del instructivo MINFRA-MN-IN-17 Recibo Definitivo de Interventoría del Manual de Interventoría de Obra Pública del Instituto Nacional de Vías (Invías), en lo que tiene que ver con la exigencia de certificación por parte de la Subdirección de Estudios e Innovación

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín51515

El Director General del Instituto Nacional de Vías (Invías), en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 4º de la Ley 80 de 1993 y artículo 7º del Decreto 2618 de 2013 y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Vías mediante Resolución número 9337 del 30 de diciembre de 2016 adoptó el Manual de Interventoría de la Entidad.

Que el Instituto Nacional de Vías mediante Resolución número 9631 del 11 de diciembre de 2017 modificó los formatos MINFRA-MN-IN-7-FR-1 y MINFRA-MN-IN-10-FR4 del Manual de Interventoría de la Entidad.

Que el Manual de Interventoría en su capítulo 8.3 establece las FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA INTERVENTORÍA y determina:

"(.) 22. Planos Record.

Exigir al Contratista de obra la elaboración y entrega de los planos definitivos de la obra construida, los cuales deben incluir todas las actualizaciones realizadas durante la ejecución del contrato, los cuales deben estar aprobados como requisito previo para la suscripción del Acta de Entrega y Recibo Definitivo de la Obra.

El Interventor debe revisar y aprobar dichos planos, los cuales deben contar con la Certificación expedida por la Subdirección de Estudios e Innovación, en la que conste que los Planos Record son compatibles y consistentes con el Sistema de Información Geográfica (SIG) exigido por el INVFAS.

Con elfin de seguir fortaleciendo el Geoportal del INVFAS'y mantener la actualización constante de la red vial de carreteras, la Interventoría una vez aprobados los planos record de la obra construida, debe entregarlos a la Subdirección de Estudios e Innovación.

Dicha información debe contener lo siguiente: · Formato de Entrega: Se debe realizar bajo el formato shapefile (extensión .shp) de acuerdo a cada una de las temáticas.

· Sistema de Coordenadas: Debe corresponder al Sistema de Coordenadas Geográfica DÁTUM MAGNA - SIRGAS (EPSG: 4686) oficial para Colombia de acuerdo a lo definido en la Resolución IGAC número 068 de 2005.

· Coordenadas: Para Latitud y Longitud se deben indicar en grados sexagesimales.

· Cotas: Se deben indicar en metros sobre el nivel del mar.

· Precisión: Esta debe ser considerada como inferior a un (1) metro.

· Topología: Se debe garantizar...

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