Resolución número 3245 de 2021, por la cual se autoriza al Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla para celebrar contratos ISDA Master Agreement y sus correspondientes Schedules con agentes del exterior autorizados para proveer cobertura de riesgos - 17 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 879397233

Resolución número 3245 de 2021, por la cual se autoriza al Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla para celebrar contratos ISDA Master Agreement y sus correspondientes Schedules con agentes del exterior autorizados para proveer cobertura de riesgos

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51891

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial de las facultades que le confieren los artículos 2.2.1.1.3, 2.2.1.1.4 y 2.2.1.4.3 del Decreto 1068 de 2015, el artículo 12 de la Ley 533 de 1999, y las resoluciones número 2650 del 12 de noviembre de 1996, 2822 del 30 de diciembre de 2002 y 2563 del 9 de septiembre de 2011 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.3 del Decreto 1068 de 2015, dentro de las operaciones propias de manejo de deuda se encuentran comprendidas las operaciones de coberturas de riesgos;

Que el artículo 2.2.1.4.3 del Decreto 1068 de 2015 establece que la celebración de operaciones para el manejo de deuda externa de entidades territoriales y sus descentralizadas, requerirá autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Que, para contratar operaciones de manejo de deuda mencionadas en el primer considerando, y de acuerdo con la práctica internacional, el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla debe previamente suscribir los contratos ISDA Master Agreement y sus correspondientes Schedules con la contraparte con la que pretende celebrar este tipo de operaciones;

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.4 del Decreto 1068 de 2015, los contratos ISDA Master Agreement y sus correspondientes Schedules, tienen la naturaleza de operaciones conexas a las operaciones de manejo de deuda;

Que el artículo 12 de la Ley 533 de 1999 establece que la celebración de los contratos relacionados con crédito público y de las titularizaciones, por parte de las entidades estatales, así como por parte de aquellas entidades con participación del Estado, superior al cincuenta por ciento de su capital social, independientemente de su naturaleza y del orden al cual pertenezcan, que no tengan trámite previsto en las leyes vigentes y en el Decreto 1068 de 2015 y demás normas concordantes, requerirá la autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse en forma general o individual dependiendo de la cuantía, modalidad de la operación y entidad que la celebre;

Que el Capítulo II de la Resolución externa número 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco...

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