Resolución número 3435 de 2021, por la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2021
Emisor | Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Número de Boletín | 51900 |
El Viceministro General Encargado de las Funciones del Empleo de Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 17 de la Ley 2063 de 2020 y 17 del Decreto 1805 de 2020 y
CONSIDERANDO:
Que los artículos 17 de la Ley 2063 de 2020 y 17 del Decreto 1805 de 2020, disponen que: "Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o consejos directivos. Si no existen juntas o consejos directivos, lo hará el representante legal de estos. Estas operaciones presupuestales se someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación, Dirección de Inversión y Finanzas Públicas (...). A fin de evitar duplicaciones en los casos en los cuales
Reconózcase como deuda pública la suma de veintiún mil quinientos sesenta y cuatro millones cuatrocientos treinta y un mil once pesos con sesenta centavos ($21.564.431.011,60) moneda corriente a favor de la Administradora de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), y en consecuencia procédase al pago con cargo al rubro de servicio de la deuda del Presupuesto General de la Nación de la vigencia 2021, de conformidad con el siguiente detalle:
1. Acuerdo de Punto Final (2 11 de noviembre de 2021)
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la distribución afecte el presupuesto de otro órgano que haga parte del Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo servirá de base para realizar los ajustes correspondientes en el órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor. La ejecución presupuestal de estas deberá efectuarse por parte de los órganos receptores en la misma vigencia de la distribución (...)".
Que en la Sección 1301-01 Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Gestión General, existen recursos en la Cuenta 03 Transferencias Corrientes, Subcuenta 03 A Entidades del Gobierno, Objeto del Gasto 01 A Órganos del PGN, Ordinal 999 Otras Transferencias, Distribución Previo Concepto...
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