Resolución número 3816 de 2016, por la cual se autoriza a Internexa S. A., para celebrar un empréstito interno con el Banco de Bogotá, hasta por la suma de treinta y cinco mil millones de pesos ($35.000.000.000) moneda legal colombiana - 16 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 653742213

Resolución número 3816 de 2016, por la cual se autoriza a Internexa S. A., para celebrar un empréstito interno con el Banco de Bogotá, hasta por la suma de treinta y cinco mil millones de pesos ($35.000.000.000) moneda legal colombiana

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50059

El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 y el artículo 2.2.1.2.1.6 del Decreto 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicación radicada con el número 1-2016-072476 del 30 de agosto de 2016, Internexa S. A., solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para contratar operaciones de crédito público interno hasta por treinta y cinco mil millones de pesos ($35.000.000.000) moneda legal colombiana para financiar el plan de inversiones de la compañía;

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002, dispone que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el artículo 2.2.1.2.1.6 del Decreto 1068 de 2015, dispone que la celebración de contratos de empréstito interno por las entidades estatales con participación del Estado superior al cincuenta por ciento e inferior al noventa por ciento de su capital, requerirá autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación;

Que Internexa S. A., en virtud de lo consagrado en la Escritura de Reforma de Estatutos número 2.041 del 16 de diciembre de 2011, otorgada en la Notaría Única del Municipio de Sabaneta (Antioquia), es una Sociedad de Economía Mixta, de carácter comercial, sometida al régimen jurídico de la ley de tecnologías de la información y las comunicaciones (Ley 1341 de 2009), de nacionalidad colombiana, con una participación indirecta del Estado del 61.58%, a través de Interconexión Eléctrica S. A. ESP.;

Que mediante Oficio número SC-20164380514411 del 15 de junio de 2016, el Departamento Nacional de Planeación otorgó a Internexa S. A., concepto favorable para llevar a cabo operaciones de crédito público o conexas a estas sin garantía de la Nación en los términos establecidos en el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Decreto 1068 de 2015), hasta por la suma de USD$68 millones o su equivalente en otras monedas con un plazo superior a un año mediante: (i) contratación de empréstitos internos y/o...

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