Resolución número 3980 de 2018, por la cual se adopta la política de prevención del daño antijurídico del año 2018 - 18 de Septiembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 739872833

Resolución número 3980 de 2018, por la cual se adopta la política de prevención del daño antijurídico del año 2018

EmisorMinisterio del Trabajo
Número de Boletín50720

La Ministra del Trabajo, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 1.1.1.1 del Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015 del Sector Trabajo, y en desarrollo de lo establecido en el artículo 2.2.4.3.1.2.2 del Decreto número 1069 de

2015, y

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 2.2.4.3.1.2.2 del Decreto número 1069 de 2015 define al Comité de Conciliación, como una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad.

Que conforme al artículo 1º y 2º el artículo 2.2.4.3.1.2.5 ídem, son funciones de los Comités de Conciliación de las entidades públicas: "Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico" y "Diseñar las políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la entidad".

Que el Comité de Conciliación formula, orienta, coordina, define, adopta y ejecuta las políticas en materia de gestión judicial y de prevención del daño antijurídico, en el Ministerio del Trabajo.

Que la Circular número 3 del 20 de junio del 2014 de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, estableció la obligación a las entidades públicas de adoptar mediante resolución las políticas de prevención.

Que la Circular número 6 de 6 de julio del año 2016 de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, establece los lineamientos para el seguimiento a la formulación e implementación de las políticas de prevención del daño antijurídico definida por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en la cual se establecen los siguientes pasos:

1. Identificación de las actividades litigiosas de la Entidad

1.1 Tipo de Insumo.

1.2 Tipo de Acción.

1.3 Causa General.

1.4 Frecuencia.

1.5 Valor.

2. Análisis de las causas primarias o subcausas.

2.1 Causa General Priorizada.

2.2 Hechos.

2.3 Causas Primarias o Subcausas.

2.4 Frecuencia.

2.5 Valor.

2.6 Área Generadora de la Conducta.

2.7 Previsibilidad.

2.8 Prioridad.

3. Plan de Acción.

3.1 Causas Primarias o Secundarias.

3.2 Medida ¿Qué hacer

3.3 Mecanismo ¿Cómo hacerlo

3.4 Cronograma ¿Cuándo hacerlo? 3.5. Responsable ¿Quién lo va a hacer? 3.6 Divulgación.

4. Seguimiento y Evaluación.

4.1 Medida.

4.2 Mecanismo.

4.3 Indicador de Gestión.

4.4 Indicador de Resultado.

4.5 Indicador de Impacto.

Que la metodología previamente indicada se encuentra desarrollada en el documento de la política adjunto a la presente resolución, el cual fue construido con el acompañamiento de la ANDJE y la elaboración del Plan de Acción fue coordinado con las áreas responsables de las actividades incluidas.

Que la construcción de la presente política contó con la participación de la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control y la participación de la Dirección de Riesgos Laborales.

Que la Política de Prevención del Daño Antijurídico y Defensa Judicial del Ministerio del Trabajo avalada con los pasos 1, 2, 3 y 4 por parte de la Agencia Nacional para Defensa Jurídica del Estado fue socializada a los miembros del Comité de Conciliación, en sesión del 18 de julio del 2018, donde fue además fue aprobada.

Que la política de prevención del daño antijurídico elaborada por el Ministerio de Trabajo para el año 2018, fue desarrollada con el acompañamiento de la Agencia Nacional para Defensa Jurídica del Estado, conforme a los lineamientos indicados y que la misma fue aprobada por esta entidad mediante oficio con Radicado número 20183000053331 del 10 de agosto del mismo año, señalando:

"Analizado el documento denominado "FORMULACIÓN DE LA POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO PARA EL AÑO 2018, la cual en (SIC) atenderá las falencias en torno a la dosificación de las multas impuestas, la motivación de los Actos Administrativos sancionatorios y su notificación.", la ANDJE encontró que el comité de conciliación formuló una política de acuerdo con los lineamientos y metodología elaborados por esta entidad. Ahora, deben centrar su esfuerzo en la difusión, la implementación y el seguimiento y una vez concluida la implementación, deberá informar a la ANDJE si cumplió con los indicadores de resultado propuestos y con el impacto esperado. La ANDJE hace un reconocimiento al esfuerzo realizado, les desea éxitos en la implementación de la política de prevención analizada y queda atenta a resolver cualquier inquietud que permita cumplir con el objetivo estatal de reducir los eventos generadores del daño antijurídico de acuerdo con la metodología propuesta". (Negrilla al margen).

Que la política de prevención del daño antijurídico para el año 2018, está orientada a corregir las debilidades identificadas en torno a la dosificación de las multas impuestas, la motivación de los Actos Administrativos sancionatorios y su correcta y oportuna notificación.

Que el 28 de agosto de 2018 en sesión del Comité de Conciliación, la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica socializó a los miembros del comité el aval de la ANDJE y las correcciones que sugirieron, asimismo indicó la elaboración del acto administrativo para la adopción de la política.

En mérito a lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Adoptar la Política de Prevención del Daño Antijurídico y Defensa Judicial en el Ministerio del Trabajo del 2018, contenida en el anexo el cual hace parte integral del mismo.
Artículo 2º Las áreas responsables de las actividades establecidas en el Plan de Acción deberán implementar las acciones y realizar en conjunto con la Oficina Asesora Jurídica -Secretaria Técnica el seguimiento correspondiente, el cual deberá ser reportado al Comité de Conciliación y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Artículo 3º Vigencia.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 12 de septiembre de 2018. La Ministra del Trabajo,

Alicia Victoria Arango Olmos.

FORMULACIÓN DE LA POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO PARA EL AÑO 2018, la cual atenderá las falencias en torno a la dosificación de las multas impuestas, la motivación de los Actos Administrativos sancionatorios y su notificación.

Ministerio del Trabajo

Oficina Asesora Jurídica.

Contenido

  1. ANTECEDENTES

  2. POLÍTICAS PREVIAS

  3. IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA A RESOLVER

    1. Descripción de la problemática

    2. Identificación de las subcausas

  4. MEDIDAS Y MECANISMOS

  5. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

  6. CONCLUSIONES

    ANEXOS

    I. ANTECEDENTES

    De acuerdo con el Decreto número 4085 de 2011, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, tiene entre sus objetivos,

    (... ) la formulación, evaluación y difusión de las políticas en materia de prevención de las conductas antijurídicas por parte de servidores y entidades públicas, del daño antijurídico y la extensión de sus efectos, y la dirección, coordinación y ejecución de las acciones que aseguren la adecuada implementación defensa de los intereses litigiosos de la Nación.

    En virtud de lo anterior, la Agencia advierte que la prevención del daño antijurídico constituye un interés de la Nación en cuanto atiende su interés litigioso. En esta línea esta prevención integra la estrategia misma de la defensa jurídica, evitando que las actuaciones administrativas sean atacadas en sede judicial.

    Así las cosas, la política de prevención del daño antijurídico, como toda política pública que busca soluciones a problemas, a través de decisiones legales, administrativas o finalmente regulatorias, pretende brindar soluciones a problemas administrativos que generen litigiosidad dentro de la Entidad.

    En este contexto, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, estableció que, las entidades del Estado, entre estas, el Ministerio del Trabajo, deben realizar un proceso para la formulación, evaluación e institucionalización de acciones que se deben adoptar para reducir los riesgos y costos de enfrentar un proceso judicial. Esto supone por tanto, la construcción de herramientas para reducir las demandas y finalmente las condenas en contra de la Entidad, por problemas atribuibles a falencias en la ejecución propia de funciones.

    Para esto, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado estableció en su Circular 3 del año 2013, los lineamientos para el desarrollo de la Política de Prevención del Daño Antijurídico, los cuales indican la elaboración de un paso a paso que integra los siguientes parámetros:

    1. identificación de las actividades litigiosas de la Entidad

    1.1 Tipo de Insumo.

    1.2 Tipo de Acción.

    1.3 Causa General.

    1.4 Frecuencia.

    1.5 Valor

    2. Análisis de las causas Primarias o Subcausas.

    2.1 Causa General Priorizada.

    2.2 Hechos.

    2.3 Causas Primarias o Subcausas.

    2.4 Frecuencia.

    2.5 Valor.

    2.6 Área Generadora de la Conducta.

    2.7 Previsibilidad.

    2.8 Prioridad.

    3. Plan de Acción.

    3.1 Causas Primarias o Secundarias.

    3.2 Medida ¿Qué hacer

    3.3 Mecanismo ¿Cómo hacerlo

    3.4 Cronograma ¿Cuándo hacerlo

    3.5 Responsable ¿Quién lo va a hacer

    3.6 Divulgación.

    4. Seguimiento y Evaluación.

    4.1 Medida.

    4.2 Mecanismo.

    4.3 Indicador de Gestión.

    4.4 indicador de Resultado.

    4.5 Indicador de Impacto.

    Dicho esto, en el presente documento, se consigna la Política de Prevención del Daño Antijurídico para el Ministerio del Trabajo del año 2018, la que fue elaborada con base en los requerimientos establecidos por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, y con el acompañamiento de esa entidad.

    Como se verá más adelante, la misma atiende dos causas...

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