Resolución número 4 1081 de 2016, por la cual el Ministerio de Minas y Energía dispone financiar proyectos consistentes en líneas de crédito con tasa compensada, o el otorgamiento de garantías financieras que faciliten el acceso al crédito a la pequeña minería dentro del programa de formalización minera y se toman otras determinaciones - 15 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 653818805

Resolución número 4 1081 de 2016, por la cual el Ministerio de Minas y Energía dispone financiar proyectos consistentes en líneas de crédito con tasa compensada, o el otorgamiento de garantías financieras que faciliten el acceso al crédito a la pequeña minería dentro del programa de formalización minera y se toman otras determinaciones

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín50058

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998, el artículo 109 de la Ley 1769 de 2015, y el Decreto 0381 de 2012, modificado por el Decreto 1617 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1769 de noviembre 24 de 2015, "por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2016", dispuso en su artículo 109 que, "El Ministerio de Minas y Energía podrá financiar proyectos consistentes en líneas de crédito con tasa compensada, o el otorgamiento de garantías financieras que faciliten el acceso al crédito a la pequeña minería, dentro del programa de formalización minera".

Que el impulso al desarrollo y formalización de las pequeñas unidades de producción minera resulta de interés estratégico para las políticas gubernamentales que buscan promover la equidad y reducir la pobreza; por su importante contribución a la generación de empleos, constituyéndose en la fuente esencial de ingreso para la población económicamente activa de un gran número de municipios, y por dar origen a encadenamientos productivos que agregan valor e inducen la demanda de bienes y servicios de otros sectores de la actividad económica.

Que un alto porcentaje de las unidades de producción minera censadas en el país corresponde a explotaciones de pequeña escala de producción y, de aquellas que operan lícitamente, la gran mayoría no cumple con los estándares técnicos, ambientales, económicos, sociales y laborales que les exige la industria.

Que para poder avanzar en los procesos de formalización, la pequeña minería lícitamente establecida requiere de recursos económicos y, particularmente, del mayor acceso a la oferta de crédito del sistema financiero institucional, de manera que se le facilite el financiamiento de sus proyectos productivos.

Que mediante Resolución número 40391 del 20 de abril de 2016, el Ministerio de Minas y Energía, adoptó la Política Nacional Minera en la cual se incluye, dentro del pilar de condiciones competitivas, la línea estratégica de promover el acceso a recursos de crédito para el desarrollo de la pequeña minería.

Que las líneas de crédito en la modalidad de tasa compensada constituyen un mecanismo efectivo para generar mayor acceso de la pequeña minería a la oferta de recursos del sistema financiero, al reducir los costos de financiación a cargo de los prestatarios y mejorar su perfil de riesgo crediticio ante la entidad prestamista.

Que en el presupuesto de inversión del Ministerio de Minas y Energía para la vigencia 2016, mediante el código de rubro C-130-1800-1 y el proyecto de inversión "Construcción e Implementación del Programa de Formalización Minera", se han apropiado recursos para "Apoyar el financiamiento de los proyectos con viabilidad técnica compensando a las entidades financieras prestamistas el diferencial por la menor tasa de interés de los créditos otorgados".

Que se hace necesario reglamentar las condiciones para acceder a una línea de crédito que implemente una entidad financiera habilitada, mediante la cual se puedan otorgar préstamos en la modalidad de tasa compensada a la pequeña minería, con el fin de garantizar la uniformidad en los requisitos y condiciones de igualdad en el acceso al crédito.

Que por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Línea de crédito para el otorgamiento de préstamos con tasa compensada a la pequeña minería.

A través de la entidad financiera habilitada y con la cual se celebre el convenio para...

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