Resolución número 40296 de 2021, por la cual se establece el ingreso al productor del alcohol carburante y del biocombustible para uso en motores diésel, que regirá a partir del 11 de septiembre de 2021 y se dictan otras disposiciones - 10 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 876044226

Resolución número 40296 de 2021, por la cual se establece el ingreso al productor del alcohol carburante y del biocombustible para uso en motores diésel, que regirá a partir del 11 de septiembre de 2021 y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín51793

El Ministro de Hacienda y Crédito Público y el Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades, en especial las señaladas en el artículo 35 de la Ley 1955 de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 365 de la Constitución Política establece como finalidad social del Estado, asegurar la prestación eficiente de los servicios públicos a todos los habitantes del territorio nacional, por lo que estarán sometidos al régimen que fije a ley.

Que el artículo 212 del Código de Petróleos señala que, "el transporte y la distribución del petróleo y sus derivados constituyen un servicio público, las personas o entidades dedicadas a esa actividad deberán ejercitarla de conformidad con los reglamentos que dicte el Gobierno en guarda de los intereses generales".

Que el artículo 1º de la Ley 26 de 1989 dispone que el Gobierno podrá determinar horarios, precios, márgenes de comercialización, calidad y otros aspectos que influyen en la mejor prestación del servicio público de distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo.

Que el artículo 35 de la Ley 1955 de 2019 dispone que corresponde a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía, o la entidad delegada, establecer una metodología de cálculo del valor del ingreso al productor de los combustibles líquidos y biocombustibles, así como las tarifas y márgenes asociados a la remuneración de toda la cadena de transporte, logística, comercialización y distribución de dichos combustibles que hacen parte del mercado regulado.

Que teniendo en cuenta el incremento en la demanda de combustibles líquidos derivados del petróleo que se ha venido presentando en el año 2021, así como los mantenimientos operativos de las plantas productoras de etanol, comunicados al Ministerio de Minas y Energía por los productores, se expidió la Resolución número 40261 de 2021 por la cual se disminuyó al 6% el porcentaje de alcohol carburante - etanol en la mezcla con gasolina motor corriente y extra fósil, a nivel nacional para el mes de septiembre de 2021.

Que de acuerdo con lo manifestado por el sector en los Comités de Abastecimiento...

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