Resolución número 4137 de 2020, por la cual se modifica la Resolución número 2999 del 18 de marzo de 2020 modificada por la Resolución número 3240 del 16 de abril de 2020 y se adopta la segunda versión del anexo para la prestación del servicio de atención de la modalidad MI FAMILIA, ante la declaratoria de emergencia sanitaria decretada por el Gobierno nacional de Colombia por causa del COVID- 19 - 21 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 846763926

Resolución número 4137 de 2020, por la cual se modifica la Resolución número 2999 del 18 de marzo de 2020 modificada por la Resolución número 3240 del 16 de abril de 2020 y se adopta la segunda versión del anexo para la prestación del servicio de atención de la modalidad MI FAMILIA, ante la declaratoria de emergencia sanitaria decretada por el Gobierno nacional de Colombia por causa del COVID- 19

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín51382

La Directora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de La Fuente de Lleras, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el literal b) del artículo 28 de la Ley 7 de 1979, el literal a) del artículo 28 del Decreto 334 de 1980, el artículo 19 de la Ley 1804 de 2016 y el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el 30 de enero de 2020, el Comité de expertos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), emitió la declaratoria de Emergencia de Salud Pública de Interés Internacional (ESPII), con ocasión del brote de COVID-19 en la República Popular China, con el fin de coordinar un esfuerzo global para mejorar la preparación en otras regiones del mundo que pudieran necesitar ayuda.

Que con ocasión de la presencia en Colombia de casos confirmados por el COVID-19 el Ministerio de Salud y Protección Social, como órgano rector de los lineamientos en salud y competente para generar acciones de vigilancia epidemiológica, expidió la Resolución número 385 del 12 de marzo de 2020 modificada por las Resoluciones números 407 y 450 de 2020, por la cual se declaró la emergencia sanitaria por causa del COVID-19 hasta el 30 de mayo de 2020 y se adoptaron medidas para hacer frente al virus.

Que el 26 de mayo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social profirió la Resolución número 844 de 2020 mediante la cual, prorrogó la emergencia sanitaria por el nuevo Coronavirus hasta el 31 de agosto de 2020.

Que en virtud del artículo 215 de la Constitución Política de Colombia, por considerar la pandemia del COVID-19 como un hecho que perturba o amenaza perturbar en forma grave e inminente el orden económico y social del país, y que se puede constituir en una grave calamidad pública, la Presidencia de la República, a través del Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 "Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional", en el artículo 1º ordenó "Declárese el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, por el término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de este decreto".

Que mediante Decreto 457 del 22 de marzo de 2020, el Gobierno nacional ordenó el aislamiento preventivo obligatorio para todos los habitantes de Colombia, desde el 25 de marzo y hasta el 13 de abril del 2020, como medida para enfrentar la pandemia.

Que con el fin de proteger la vida de los colombianos, sobre todo de los más vulnerables ante el coronavirus, mediante Decreto 531 del 8 de abril de 2020 se derogó el Decreto 457 de 2020 mencionado y se amplió el plazo de aislamiento preventivo hasta las cero horas (00:00 a. m.) del 27 de abril de 2020, para lograr así minimizar las posibilidades de contagios masivos.

Que, dadas las circunstancias y medidas de cuidado para preservar la salud y la vida, evitar el contacto y la propagación del coronavirus COVID-19, mediante Decreto número

593 del 24 de abril de 2020, se derogó el Decreto 531 del 8 de abril de 2020 citado y se amplió el plazo de aislamiento preventivo hasta las cero horas (00:00 a. m.) del día 11 de mayo de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus

COVID-19.

Que el Decreto 636 de 6 de mayo de 2020, ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a. m.) del día 11 de mayo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a. m.) del día 25 de mayo de 2020, derogando a su vez el Decreto 593 de 24 de abril de 2020.

Que mediante Decreto 637 de 6 de mayo de 2020, se declaró Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, por el término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia del decreto en mención.

Que el Decreto 689 de 22 de mayo de 2020, prorrogó la vigencia del Decreto 636 de 2020, hasta el 31 de mayo de 2020, y en tal medida extendió las medidas allí establecidas hasta las doce de la noche (12:00 p. m.) del día 31 de mayo de 2020.

Que el Decreto 749 de 28 de mayo de 2020, ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a. m.) del día 1º de junio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a. m.) del día 1º de julio de 2020, derogando a su vez los Decretos 636 y 689 de 2020.

Que el Decreto 878 de 25 de junio de 2020 modificó y prorrogó la vigencia del Decreto 749 del 28 de mayo 2020, y así extendió las medidas...

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