Resolución número 4344 de 2018, por medio de la cual se fija el número de ciudadanos que puede sufragar en las mesas de Votación para la nueva elección de Alcalde Municipal de Jamundí, Valle del Cauca a realizarse el quince (15) de abril de 2018 - 11 de Abril de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 709191037

Resolución número 4344 de 2018, por medio de la cual se fija el número de ciudadanos que puede sufragar en las mesas de Votación para la nueva elección de Alcalde Municipal de Jamundí, Valle del Cauca a realizarse el quince (15) de abril de 2018

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín50561

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las consagradas en el artículo 266 de la Constitución Política, el artículo 26, numeral 2 del Decreto 2241 de 1986, artículo 5, numeral 11 del Decreto 1010 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2º de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan en la vida económica, administrativa y cultural de la Nación.

Que, en el artículo 266 de la Constitución Política establece como función propia del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral.

Que, el numeral 2 del artículo 26 del Decreto-ley 2241 de 1986, contempla como función del Registrador Nacional del Estado Civil, "Organizar y vigilar el proceso electoral".

Que, el artículo 5º, numeral 11 del Decreto 1010 de 2000, establece como función de la Registraduría Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.

Que, el artículo 25 del Decreto-ley 1010 de 2000, señala que el Registrador Nacional del Estado Civil ejerce entre otra, la función de fijar políticas, planes, programas y estrategias para el desarrollo de la organización y vigilancia electoral.

Que, el artículo 85 del Código Electoral, establece que la "Registraduría Nacional, fijará el número de ciudadanos que podrán sufragar en las distintas mesas de votación".

Que, mediante oficio de fecha noviembre 17 de 2017, el Doctor Manuel Santos Carrillo Ochoa, en su calidad de alcalde municipal presentó renuncia irrevocable al cargo de Alcalde del municipio de Jamundí, Valle del Cauca.

Que, mediante Decreto número 010-24-1800 del doce (12) de diciembre de 2017, la Gobernadora del departamento del Valle del Cauca, fijó como fecha para la nueva elección de Alcalde del municipio de Jamundí, Valle del Cauca, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR