Resolución número 4497 de 2017, por la cual se autoriza a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM para celebrar un empréstito externo con un grupo de entidades financieras, hasta por la suma de mil millones de dólares (USD 1.000.000.000) de los Estados Unidos de América - 29 de Diciembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 700052377

Resolución número 4497 de 2017, por la cual se autoriza a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM para celebrar un empréstito externo con un grupo de entidades financieras, hasta por la suma de mil millones de dólares (USD 1.000.000.000) de los Estados Unidos de América

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50461

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 y el literal (b) del artículo 2.2.1.2.1.4 del Decreto 1068 de 2015; y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio radicado con el número 1-2017-082939 del 11 de octubre de 2017 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para celebrar una operación de crédito público externo con la Corporación Interamericana de Inversión (CII) (hoy IDB Invest) por la suma de US$1.000 millones destinado a la financiación parcial de la Central Hidroeléctrica Ituango;

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 establece que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994, para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación, directa o indirecta del Estado, superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el literal (b) del artículo 2.2.1.2.1.4 del Decreto 1068 de 2015 establece que para la celebración de contratos de empréstito externo por las entidades descentralizadas del orden nacional y las entidades territoriales y sus descentralizadas, se requiere autorización impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con base en las correspondientes minutas definitivas;

Que Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM es una empresa industrial y comercial del Estado del orden municipal, con personería jurídica y patrimonio independiente, según lo establece el Acuerdo número 69 de 1997 expedido por el Concejo de Medellín;

Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Oficio número SC-20122300361681 del 26 de abril de 2012, emitió concepto favorable para que Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM y EPM Ituango S. A. E.S.P. con o sin garantía de EPM, de manera independiente o entre las dos empresas, puedan acceder al endeudamiento externo necesario para adelantar las inversiones requeridas por el Proyecto Hidroeléctrico Ituango hasta por USD$ 3.305 millones o su equivalente en otras monedas, sin exceder entre las dos compañías esta cifra;

Que el cupo otorgado por el Departamento Nacional de Planeación de que trata el considerando anterior, ha sido afectado de la siguiente manera:

Que el Director de Gestión de Capitales de Empresas Públicas de Medellín E.S.P., mediante certificación del 27 de diciembre de 2017, certificó que del monto total aprobado en la Resolución para Gestionar Operaciones de Crédito Público Externo número 1348 del 12 de mayo de 2012, expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se tiene a la fecha un saldo disponible de US$...

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