Resolución número 719 de 2014, por la cual se corrige la Resolución número 666 defecha 17 de octubre de 2014 que modificó la Resolución número 002 de 2012, en el sentido de asignar la jurisdicción de la Dirección Territorial Chocó, ampliar la jurisdicción de algunas Direcciones Territoriales y crear la oficina de Plato como adscrita a la Dirección Territorial de Magdalena - 23 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 550403074

Resolución número 719 de 2014, por la cual se corrige la Resolución número 666 defecha 17 de octubre de 2014 que modificó la Resolución número 002 de 2012, en el sentido de asignar la jurisdicción de la Dirección Territorial Chocó, ampliar la jurisdicción de algunas Direcciones Territoriales y crear la oficina de Plato como adscrita a la Dirección Territorial de Magdalena

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas
Número de Boletín49374

El Director General, en ejercicio de las facultades legales otorgadas por el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, en especial la que les confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el artículo segundo del Decreto número 4939 de 2011 y conforme a las competencias atribuidas en los numerales 9 y 20 del artículo 9º del Decreto número 4801 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 4939 de 2011, se determinó la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, señalando que el Director General de la Unidad distribuirá los cargos de la planta global, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos de la institución.

Que mediante el Decreto 4801 de 2011, se estableció la estructura interna de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, disponiendo en el numeral 1 del artículo 9º que corresponde al Director General "Dirigir, ordenar, controlar y evaluar el ejercicio de las competencias y funciones asignadas a la entidad en el artículo 105 de la Ley 1448 de 2011, y demás normas que la modifiquen y reglamenten".

Que al tenor de lo establecido en artículo 20 ibídem, la Unidad de Restitución de Tierras estará conformada por Direcciones Territoriales y que en el marco de sus funciones se encuentra:

"1. Ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos de competencia de la entidad en su correspondiente jurisdicción de conformidad con los lineamientos y delegaciones señalados por la Dirección General y adelantar el seguimiento y evaluación de los mismos".

Que en virtud a lo anterior, el Director General de la Unidad profirió la Resolución número

0002 de 2012, "por la cual se distribuye la Planta de Personal, se define la jurisdicción de las Direcciones Territoriales y se crean trece...

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