Resolución número 80520 de 2017, por la cual se delega la función de declarar la remisión de las obligaciones establecidas en el artículo 820 del Estatuto Tributario Nacional, el archivo de que trata el artículo 65 de la Ley 1480 de 2011 y la declaratoria de alguna o algunas de las causales señaladas en el artículo 2.5.6.3 del Decreto número 445 de 2017 - 7 de Diciembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 698779841

Resolución número 80520 de 2017, por la cual se delega la función de declarar la remisión de las obligaciones establecidas en el artículo 820 del Estatuto Tributario Nacional, el archivo de que trata el artículo 65 de la Ley 1480 de 2011 y la declaratoria de alguna o algunas de las causales señaladas en el artículo 2.5.6.3 del Decreto número 445 de 2017

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio
Número de Boletín50440

El Superintendente de Industria y Comercio, en uso de las facultades legales y, en especial, las dispuestas en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 489 de 1998, la Ley 1066 de 2006, el artículo 820 del Estatuto Tributario modificado por el artículo 54 de la Ley 1739 de 2014, el Decreto número 4886 de 2011, el Decreto número 2452 de 2015, el Decreto número 445 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de eficacia, economía y celeridad, entre otros, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones.

Que el artículo 211 de la Constitución Política autorizó a las autoridades administrativas para delegar en sus subalternos o en otras autoridades las funciones que expresamente les señalara la ley.

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución Política, autorizó expresamente a los superintendentes la delegación de funciones para "la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente".

Que la Corte Constitucional en Sentencia C-561 del 4 de agosto de 1999, declaró exequible el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, señalando que: "La delegación desde el punto de vista jurídico y administrativo es la modalidad de transferencia de funciones administrativas en virtud de la cual, y en los supuestos permitidos por la Ley se faculta a un sujeto u órgano que hace transferencia".

Que la Ley 1066 de 2006 facultó a las entidades públicas que tengan a su cargo el ejercicio de las actividades y funciones administrativas y que en virtud de estas funciones tengan que recaudar rentas o caudales públicos, hacer efectivas las obligaciones exigibles a su favor, por medio del procedimiento de Cobro Coactivo establecido en el Estatuto Tributario Nacional.

Que el artículo 5º parágrafo 2º de la Ley 1066 de 2006, por remisión expresa consagra la posibilidad de que los...

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