Resolución número SC-1111 de 2020, por la cual se establece la remuneración para los profesores Visitantes de los diferentes programas de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) - 4 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 850324858

Resolución número SC-1111 de 2020, por la cual se establece la remuneración para los profesores Visitantes de los diferentes programas de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP)

EmisorEstablecimientos Públicos - Escuela Superior de Administración Pública
Número de Boletín51457

EL DIRECTOR NACIONAL DE LA ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - ESAP

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 7º del artículo 12 del Decreto 219 de 2004, Decreto No. 868 del 17 de mayo de 2019 y los artículos 5 y 75 del Acuerdo No. 0003 de 2018, modificado parcialmente por el Acuerdo No. 001 de 2020.

CONSIDERANDO:

Que la Escuela Superior de Administración Pública -ESAP-, creada por la Ley 19 de 1958, es un Establecimiento Público del orden Nacional de carácter universitario, adscrito al Departamento Administrativo de la Función Pública, dotado de personería jurídica, autonomía administrativa, académica y financiera, patrimonio independiente de conformidad con las normas que regulan el sector educativo en general y el servicio público de la educación superior, e integra el sector administrativo de la función pública.

Que la ESAP tiene como objeto la capacitación, formación y desarrollo, desde el contexto de la investigación, docencia y extensión universitaria, de los valores, capacidades y conocimientos de la administración y gestión de lo público que propendan por la transformación del Estado y del ciudadano.

Que el artículo 5 del Acuerdo Nº 0003 del 6 de agosto de 2018 "Por el cual se expide el Estatuto Profesoral de la Escuela Superior de Administración Pública", modificado por el Acuerdo Nº 001 de 19 de febrero de 2020 "Por la cual se modifica parcialmente el Acuerdo No. 003 del 6 de agosto de 2018 que expidió el Estatuto Profesoral de la Escuela Superior de Administración Pública", definió la clasificación de los profesores en consideración al tipo de vinculación y dedicación, señalando que estos pueden ser vinculados o no a la carrera profesoral, dentro de ésta última categoría, estableció entre otros; la tipología de profesores visitantes.

Que el artículo 5, literal a, numeral 2, inciso iv del Acuerdo No. 0003 de 2018, modificado parcialmente por el Acuerdo No. 001 de 2020 definió la tipología de profesores visitantes así:

iv) Profesores Visitantes: Son aquellas personas que, por su conocimiento y/o experticia en el ejercicio de una actividad o profesión o, por su contribución como servidor público en los altos cargos del Estado en sus diferentes Ramas, órganos y niveles, y en atención a las necesidades de los procesos de formación y/o extensión universitaria, pueden ser invitados por la Dirección Nacional de la ESAP a desarrollar actividades de docencia, y/o extensión...

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