Resolución Provisional N° 1720049816 de Alcaldía de Medellín, 2022 - Proyectos Normativos de la Alcaldía de Medellín - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 899231028

Resolución Provisional N° 1720049816 de Alcaldía de Medellín, 2022

Fecha de Fin de Comentarios Públicos26 Marzo 2022
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos23 Marzo 2022
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Centro Administrativo Municipal (CAM)
Calle 44 No. 52 - 165. Código Postal 50015
Línea Única de Atención Ciudadanía 44 44 144
Conmutador 385 5555. www.medellin.gov.co
RESOLUCIÓN NÚMERO RAD EN CONSTRUCCION DE FEC EN CONSTRUCCION
RESOLUCIÓN 1720049816 DE 2022
(Marzo 25)
"POR LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DE LAS LABORES DEL
PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACION PERMANENTE DE LA
INFORMACION CATASTRAL EN LAS COMUNAS ROBLEDO (07), SAN
JAVIER (13), Y EN LOS CORREGIMIENTOS DE SAN CRISTÓBAL (60),
ALTAVISTA (70) Y SAN ANTONIO DE PRADO (80) DEL MUNICIPIO DE
MEDELLÍN"
EL SUBSECRETARIO DE CATASTRO
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 3° y
5° de la Ley 14 de 1983, su Decreto Reglamentario Nacional 148 de 2020
(Artículo 2.2.2.2.2. literal b), el artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, el Decreto 1170
de 2015, el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, Decreto Nacional 1983 de 2019,
el artículo 11 de la Resolución Conjunta SNR 04218 e IGAC 499 de 2020, los
artículos 1° y 3° de la Resolución IGAC 388 de 2020, la Resolución IGAC 1149 de
2021, los numerales 1 y 2 del artículo 347 del Decreto Municipal 883 de 2015,
modificados por el artículo 2° del Acuerdo Municipal 033 de 2021 del Concejo de
Medellín y el Decreto Municipal 1760 de 2016 (artículo 2°), y
CONSIDERANDO QUE:
De conformidad con el artículo 3° de la Ley 14 de 1983, las autoridades tendrán a
su cargo las labores de Formación, Actualización y Conservación de los catastros
tendientes a la correcta identificación física, jurídica y económica de los
inmuebles.
La misma Ley 14 de 1983 en su artículo 5° dispone que “Las autoridades
catastrales tendrán la obligación de formar los catastros o actualizarlos en el curso
de períodos de cinco (5) años en todos los municipios del país, con el fin de revisar
los elementos físico y jurídico del catastro y eliminar las posibles disparidades en

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