RESOLUCION 171 RD 4012 - 8 de Julio de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445786706

RESOLUCION 171 RD 4012

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4012 8 JULIO 2008
EmisorSecretaria General
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 42 • Número 4012• pP. 1-1 • 2008 • JULIO 8
RESOLUCIÓN DE 2008
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 42
Número 4012
2008
JULIO 8
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL -
SECRETARÍA GENERAL
Resolución Número 171
(Julio 7 de 2008)
“Por la cual se autoriza la baja de unos bienes
servibles no utilizables de propiedad de
la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C.”.
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
en ejercicio de sus facultades legales, en espe-
cial las conferidas en el literal d) artículo 7 del
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 001 del 20 de septiembre
de 2001 el Contador General de Bogotá D.C., con
base en las facultades otorgadas en el Acuerdo 17
de 1995 y el Decreto Distrital 270 de 2001, expidió
el Manual de Procesos Administrativos y Contables
para el manejo de los bienes de los entes públicos
del Distrito Capital.
Que el Manual de Procesos Administrativos y Conta-
bles para el manejo de los bienes de los entes públicos
del Distrito Capital, en el numeral 5.6.1 de ne la Baja
de Bienes Servibles no Utilizables como: “Es la salida
de nitiva de aquellos bienes que se encuentran en
condiciones de seguir prestando un servicio por uno
o más periodos, pero que la entidad no los requiere
para el normal desarrollo de sus actividades o, que
aunque la entidad los requiera, por políticas econó-
micas, disposiciones administrativas, por e ciencia y
optimización en la utilización de recursos, existe orden
expresa y motivada del Director o Representante Legal
o de autoridad competente para darlos de baja”.
Que el Manual de Procesos Administrativos y Conta-
bles para el manejo de los bienes de los entes públicos
del Distrito Capital, consigna los aspectos a tener en
cuenta para dar de baja de los inventarios de las en-
tidades, bienes servibles no útiles.
Que el numeral 5.6.1.1 del Manual de Procesos Admi-
nistrativos y Contables, para el manejo de los bienes
de los entes públicos del Distrito Capital, señala los
parámetros y razones para determinar cuando un
bien no es útil para la entidad, circunstancia que se
origina entre otras, cuando el bien, es tipi cado como
no útil estando en condiciones de prestar un servicio
y esta circunstancia se de ne como: “son aquellos
bienes que aún estando en buenas condiciones físicas
y técnicas no son requeridos por la entidad para su
funcionamiento”.
Que el numeral 5.6.4.6 del Manual de Procesos Admi-
nistrativos y Contables para el manejo de los bienes
de los entes públicos del Distrito Capital, establece el
procedimiento administrativo para adelantar el traslado
o traspaso de bienes entre entidades distritales a través
de operaciones interinstitucionales.
Que para efectuar el traslado la entidad deberá realizar
un ofrecimiento mediante documento escrito a aque-
llas entidades que de acuerdo con su conocimiento o
base de datos, estén interesadas en obtener dichos
bienes.
Que a su vez, la entidad interesada deberá manifestar
por escrito su interés y la capacidad para recibir los
bienes, especi cando la calidad en que los recibe, es
decir si los acepta como traslado o traspaso.
Que a la fecha dentro del inventario de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., existen
tres (3) carteleras de información institucional servibles
no utilizables.
Que tres entidades distritales del sector central, mani-
festaron por escrito la aceptación de los bienes objeto
de traslado.

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