RESOLUCION 0328 RD 3333 - 26 de Mayo de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447989654

RESOLUCION 0328 RD 3333

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3333 26 MAYO 2005
EmisorEmpresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogota
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3333 • pP. 1-14 • 2005 • MAYO 26
14
B 95071.91 97452.38
C 95105.73 97445.30
D 95122.92 97440.39
E 95152.16 97427.44
F 95172.83 97423.79
G 95176.97 97426.19
H 95180.71 97427.88
I 95216.87 97437.74
J 95218.30 97444.42
K 95179.66 97440.17
L 95159.35 97439.47
M 95149.67 97439.38
N 95139.69 97441.85
O 95108.38 97452.44
P 95105.66 97454.17
Q 95095.14 97455.82
R 95046.21 97464.48
A 95045.50 97455.53
ARTÍCULO SEGUNDO.- ORDÉNESE la publicación
de la presente resolución en el Registro Distrital; así
mismo, divulgar la iniciativa en un diario de amplia cir-
culación en el Distrito Capital o en una radiodifusora
que tenga como mínimo cobertura local, para los efec-
tos previstos en el artículo 493 del decreto 619 de 2000.
ARTÍCULO TERCERO.- ORDÉNESE a las dependen-
cias competentes del Acueducto de Bogotá, reunir la
información sobre los predios ubicados dentro de la
zona de terreno acotada anteriormente para que la Di-
rección de Bienes Raíces inicie el trámite de adquisi-
ción de los respectivos predios mediante las modali-
dades y procedimientos señalados en la leyes 9ª de
1989, 388 de 1997 y 142 de 1994.
ARTÍCULO CUARTO.- La presente resolución rige a
partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Veinticinco (25) de mayo de dos mil cinco (2005).
SILVIA HERRERA CAMARGO
Gerente Jurídica
Resolución Número 0328
(Mayo 25 de 2005)
Por medio de la cual se modifica y adiciona la
Resolución N°. 0983 del 1° de Diciembre de 2004
emanada de la Gerencia Financiera de la E.A.A.B-
E.S.P.
EL GERENTE FINANCIERO DE LA EMPRESA DE
ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ,
E.S.P.
en ejercicio de sus facultades delegadas por
medio de la Resolución N°0263 de 2004 emanada
de la Gerencia General y
CONSIDERANDO:
Que es necesario aclarar aspectos contenidos en la
Resolución N° 0983 del 1° de Diciembre de 2004 que
unificó y estableció las políticas de financiación de las
obligaciones vencidas provenientes del servicio públi-
co de acueducto y alcantarillado.
Que de la misma manera es imperioso adicionar asun-
tos que no fueron tratados en la precitada Resolución,
los cuales hacen parte integral de las políticas de fi-
nanciación de las obligaciones vencidas provenientes
del servicio público de acueducto y alcantarillado.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- ADICIÓNESE el articulo cuar-
to de la Resolución 0983 del 1 de diciembre de 2003:
FINANCIACIÓN DE LOS CARGOS POR CONEXIÓN
USOS RESIDENCIALES Y ESPECIALES, el cual
quedará así: Los cargos de conexión serán financia-
dos automáticamente en dieciocho cuotas bimestra-
les iguales para los usuarios de estratos 1, 2, 3 y es-
peciales de acuerdo con el artículo 97 de la ley 142 de
1994 salvo renuncia expresa del usuario. Para los es-
tratos 4, 5 y 6 se financiarán en doce(12) cuotas bi-
mestrales iguales salvo renuncia expresa del usuario.
La tasa de financiación para la clase de uso residen-
cial será la de una centésima por debajo del interés
legal anual. (5.99%).
MULTIUSUARIO, COMERCIALES E INDUSTRIALES:
Se financiarán los cargos de conexión en seis(6) cuo-
tas bimestrales iguales a una tasa equivalente al cos-
to de capital para la E.A.A.B-E.S.P del año inmediata-
mente anterior certificada por la División de Estudios
Económicos de la Empresa para tal efecto, salvo re-
nuncia expresa del suscriptor o usuario.
Dentro de la financiación de los cargos por conexión,
quedan incluidos los costos del medidor del servicio.
Los usos correspondientes a Oficial y Municipios, no
tendrán financiación en los cargos de conexión.
ARTÍCULO SEGUNDO.- MODIFÍQUESE el articulo
NOVENO.- TRANSITORIO de la Resolución 0983

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR