Resolución número 9 de 2012, por la cual se reglamenta el acceso al redescuento ante Finagro - 8 de Octubre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 401417514

Resolución número 9 de 2012, por la cual se reglamenta el acceso al redescuento ante Finagro

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión Nacional de Crédito Agropecuario
Número de Boletín48577

La Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, en ejercicio de las facultades conferidas en la Ley 16 de 1990 y el Decreto número 1313 de 1990,

CONSIDERANDO:

Que según lo dispuesto en la Ley 16 de 1990 y el Decreto número 1313 de 1990, la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario es el organismo rector del financiamiento del sector agropecuario y le corresponde fijar las políticas sobre el crédito para dicho sector y la coordinación y racionalización del uso de sus recursos financieros.

Que de conformidad con la Ley 16 de 1990, y en particular el numeral 15 del artículo 6º del Decreto número 1313 de 1990, corresponde a la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario "Determinar las normas aplicables a Finagro que garanticen el equilibrio entre sus disponibilidades y colocaciones y fijar las tasas de redescuentos de Finagro, teniendo en cuenta que en su presupuesto de operaciones no se deben contemplar pérdidas".

Que un proyecto de esta resolución estuvo previamente disponible para comentarios de las partes interesadas en la página de Internet de Finagro, y

Que Finagro, como Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, presentó ante los miembros la Justificación Técnica y Jurídica de la presente Resolución, la cual fue discutida en la reunión llevada a cabo el 8 de octubre de 2012.

RESUELVE:

Artículo 1º Los intermediarios financieros, en el evento previsto en el artículo 2º de la presente...

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