Resolución SHD-000168 de 29 de octubre de 2018 - Suplemento - Estatuto tributario de Bogotá 2019 - Libros y Revistas - VLEX 812073465

Resolución SHD-000168 de 29 de octubre de 2018

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena - Harold Ferney Parra Ortiz
Páginas464-466
Estatuto Tributario de Bogotá
464
RESOLUCIÓN SHD-000168 DE 29 DE OCTUBRE DE 2018
Registro Distrital No. 6426 de 1 de noviembre de 2018
SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA
Por la cual se ajustan para el año gravable 2019 los rangos del avalúo
catastral determinantes de la tarifa del impuesto predial uni cado.
LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA
En uso de sus facultades legales y en especial las que le con eren el literal
a del artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014, modi cado por el artículo 1
del Decreto Distrital 364 de 2015, y el artículo 1 del Acuerdo Distrital 648 del
16 de septiembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Distrital 648 del 16 de septiembre de 2016, “Por el cual se simpli ca
el sistema tributario distrital y se dictan otras disposiciones”, en el inciso 4 del
artículo 1 estableció que: “A partir del año 2017, los rangos de avalúo catastral
que determinan la tarifa del impuesto predial uni cado se ajustarán cada año en el
porcentaje correspondiente a la variación anual a junio del Índice Precios de Vivienda
Nueva (IPVN) del Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE, el
cual será jado por la administración tributaria distrital”.
Que conforme a información procedente del Departamento Administrativo Nacional
de Estadística DANE, la variación anual a junio de 2018, del Índice de Precios de
Vivienda Nueva (IPVN) para el Distrito Capital de Bogotá, es de 8,06%
Que para efectos tarifarios y de liquidación del impuesto predial uni cado, año
gravable 2019, se hace necesario efectuar el ajuste de los rangos de avalúo catastral,
como referente para determinar la tarifa y base gravable del referido tributo, sin
perjuicio de lo previsto en el inciso 2 del artículo 1 de la Ley 601 de 2000, el cual
dispone “ (…) Sin embargo, el contribuyente propietario o poseedor podrá determinar
la base gravable en un valor superior al avalúo catastral, caso en el cual no procede
corrección por menor valor de la declaración inicialmente presentada por ese año
gravable”.
Que de conformidad con el artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014, modi cado
por el artículo 1 del Decreto 364 de 2015, “Corresponde al Despacho de la Secretaría
Distrital de Hacienda el ejercicio de las siguientes funciones: a. Formular la política
del Distrito Capital en materia scal, tributaria (…)”
Que se dio cumplimiento a lo normado en el artículo 8 de la *Ley 1437 de 2011,
efectuándose la respectiva publicación en el portal web de la Secretaría Distrital
de Hacienda los días 12 al 18 de septiembre de 2018, sin que se hubiera recibido
observación alguna.

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