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resolucion_2043_del_30_de_diciembre_de_2022

Fecha30 Diciembre 2022
Número de resolución2043
REPUBLICA DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN NÚMERO 2043 DE 2022
(diciembre 30 de 2022)
Por la cual se declara conforme a la ley reforma integral de los estatutos de la entidad religiosa
IGLESIA CRISTIANA FORMANDO DISCIPULOS PARA CRISTO
LA DIRECTORA DE ASUNTOS RELIGIOSOS DEL
MINISTERIO DEL INTERIOR
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley Estatutaria 133 de 1994 y los
Capítulos 1 y 2, del Título 2, Parte 4, Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo
del Interior 1066 de 2015, en concordancia con el Decreto Ley 2893 de 2011, subrogado por el Decreto
1140 del 4 de julio de 2018, la Resolución 1156 del 26 de julio de 2018, y la Resolución 1665 y 1673 del
24 de octubre de 2022, y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución número 0937 del 23 de julio de 2015, se reconoció personería jurídica a la
entidad religiosa IGLESIA CRISTIANA FORMANDO DISCIPULOS PARA CRISTO, con domicilio en el
municipio de Fusagasugá Cundinamarca.
Que la señora LUZ MARINA MURCIA VARGAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.816.586
expedida en Bogotá D.C., en condición de representante legal de la entidad religiosa IGLESIA CRISTIANA
FORMANDO DISCIPULOS PARA CRISTO, mediante radicado id 6468 del 29 de agosto de 2022, solicitó
declarar conforme a la Ley 133 de 1994 y a los Capítulos 1 y 2, Título 2, Parte 4, Libro 2 del Decreto Único
Reglamentario 1066 de 2015, la reforma integral de los estatutos.
Que la reforma integral de los estatutos fue adoptada de conformidad con el procedimiento establecido en
los estatutos vigentes de la citada entidad religiosa.
Que la reforma integral de los estatutos consistió, entre otros aspectos, en el cambio de nombre de la
entidad religiosa por IGLESIA CRISTIANA GRACIA Y JUSTICIA.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2.4.2.1.4 del Decreto Único Reglamentario 1066 de
2015, y el artículo 16A del Decreto-Ley 2893 de 2011, adicionado por el artículo 8º del Decreto 1140 de
2018, la reforma integral de los estatutos se encuentra ajustada a lo dispuesto en los mismos para tal fin.
Que la reforma de los estatutos mencionada no contraría los derechos constitucionales fundamentales y
se encuentra conforme con la Ley No.133 de 1994.
Que esta decisión se fundamenta en el riguroso análisis del expediente administrativo en los términos del
principio constitucional de buena fe, consagrado en el artículo 83 de la Constitución Política.
Que, en mérito de lo expuesto,

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