La responsabilidad de las personas jurídicas. Un análisis a partir de los modelos legales de intervención - Núm. 112, Enero 2021 - Revista de Derecho Penal y Criminología - Libros y Revistas - VLEX 902520981

La responsabilidad de las personas jurídicas. Un análisis a partir de los modelos legales de intervención

AutorFabián Andrés Oviedo Torres
CargoUniversitat Pompeu Fabra, Barcelona. Máster Avanzado en Ciencias Jurídicas
Páginas81-113
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LA RESPONSABILIDAD DE LAS
PERSONAS JURÍDICAS. UN ANÁLISIS
A PARTIR DE LOS MODELOS
LEGALES DE INTERVENCIÓN
Fabián Andrés Oviedo Torres*
Resumen: En el actual debate sobre la responsabilidad de las personas
jurídicas, resulta interesante proponer una mirada a la luz de las lógicas
de los modelos legales de imputación tradicionalmente vinculados con su
tratamiento (administrativo-penal). La posibilidad de legitimar un manejo
diferenciado de los principios generales de ambos ordenamientos, especial-
mente del principio de culpabilidad, derivaría unas garantías y exigencias
totalmente relevantes a la hora de decidir el tratamiento para los entes ju-
rídicos. En ese sentido, este trabajo pretende explorar la relación existente
entre las nociones de culpabilidad, presunción de inocencia y estándar
de garantía, como aspectos determinantes para analizar el modelo del
que se pretende hacer destinatarios a estos sujetos sociales. En últimas, lo
* UniversitatP ompeuFabr a,Barcelon a.MásterAvan zadoenCie nciasJur ídicas.Trab ajonald e
máster uPf/202 0. Director: Jesús-María Silva Sánchez. Correo -e: fabianoviedot@hotmail.com.
Fecha de recepción: 5 de enero de 2 021. Fecha de aceptación: 12 de abril de 2021. Para citar
el artícu lo: fabián a ndrés ov iedo torre s. “La responsabi lidad de las personas jurídicas. Un
análisis a par tir de los modelos legales de intervención”, Revista Derecho Penal y Cr iminología,
vol. 42, n.° 112, enero-junio de 2021, Bogotá, Universidad Externa do de Colombia, pp. 81-113.
doi: htt ps://doi.org/10.18601/ 01210483.v42n112.03
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Revista Derecho Pen al y Criminología • volum en xlii - núme ro 112 - enero-junio de 2021 • pp. 81-113
que se pone de presente es una tensión entre un sistema basado principal-
menteenlaecaciayotrototalmentegarantista.
Palabras claves: persona jurídica, modelos legales, responsabilidad penal,
derecho administrativo, culpabilidad, presunción de inocencia, estándar de
garantía, política criminal.
THE LIABILITY OF LEGAL PERSONS. AN ANALYSIS
BASED ON LEGAL INTERVENTION MODELS
Summary: In the current debate on the liability of legal persons, it is in-
teresting to propose a look in the light of the logics of the legal models of
imputation traditionally linked to their (admin istrative-criminal) treatment.
The possibility of legitimizing a differentiated treatment of the general
principles of both systems, especially the principle of guilt, would derive
from guarantees and requi rements that are total ly relevant when deciding
on the treatment for legal entities. In this sense, this work intends to explo-
re the relationship between the notions of guilt, presumption of innocence
and standard of guarantee as determining aspects to analyze the model
that is intended to be addressed to these social subjects. Ultimately, what
isputforward isatensionbetweena systembasedmainlyonefciency
and another that is totally guarantee based.
Keyword s: legal person, legal models, criminal liability, administrative
law, guilt, presumption of innocence, warranty standard, criminal policy.
La asignación al derecho penal de papeles
relevantes en la respuesta a los ilícitos
propios de la globalización y de la integración
supranacional impli ca una exibilización de las
categorías y relativización de principios: abona
la tendencia general haci a la expansión.
Jesús-María Silva Sánchez
INTRODUCCIÓN
La evolución de la sociedad es un fenómeno empírico innegable que ha estado
precedido por efectos de la globalización, la multiculturalidad y la aparición de
nuevos intereses colectivos. Los mecanismos que trad icionalmente venían siendo
utilizados para hacer frente a compor tamientos humanos, se ven sorprendidos por
nuevas realidades que los ponen en tensión y muchas veces los muestran incapaces
de ser operativos. El derecho penal no ha estado exento de tal situación, no solo
por la expansión que ha sufrido ante la denominada “sociedad de riesgo” (Beck
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citado por Silva Sánchez1), sino por la aparición de nuevos destinatarios de la ac-
ción punitiva ajenos a la evolución histórica de la teoría del delito. Las personas
jurídicas se presentan entonces como sujetos relevantes y actuantes dentro del
trácosocialcuyotratamientojurídicoesaúnobjetodedebate.Sinembargo,el
recurrente recurso al derecho penal pa ra satisfacer las demandas sociales parece
cuestionar, por una parte, los principios y garantías que lo inspiran y, por otra,
los fundamentos democráticos del Estado de derecho.
Existe un consenso sobre la necesidad de sancionar a las personas jurídicas por
la comisión de comportamientos cada vez más relevantes desde el punto de vista
penal. Ahora, esto no implica que la manera de hacerlo sea igual de clara y general,
toda vez que esta debe responder a unas relaciones propias de cada sociedad y de
sus ordenamientos jurídicos. En consecuencia, lo que es indispensable analizar no
es si las personas jurídicas deben ser sancionadas, sino cuál es el modelo legal de
imputación adecuado (administrativo o penal) entre los tradicionalmente utilizados.
Las garantías propias de cada procedi miento son expresión de los principios que los
fundamentan y que a su vez responden a lógicas diferentes en su implementación.
El reconocimiento de tales lógicas permite una diferenciación de los instru mentos
en razón a su teleología y en determinada forma permite hacer precisiones a tesis
como la de unidad del derecho punitivo del Estado que llevan a una generalización
de los requisitos de las sanciones impuestas en ejercicio del derecho penal y del
derecho administrativo sancionador. Posiblemente, tal asimilación ha facilitado
eldescartedel derechoadministrativocomo presunto instrumento ecazcon
argumentos poco sistemáticos y sí muy formalistas que aseguran una diferencia
netamente cuantitativa.
En el campo de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, los mayores
desarrollosdoctrinaleshanpuestosuénfasisenlareconguracióndelascatego-
rías tradicionales del delito para hacerlas capaces de hacer frente a expresiones
criminales que no conocían, lo que es totalmente positivo, si no fuera porque a mi
juicio, se ha dejado de lado el estudio de las garantías y principios que tienen una
relación sinalagmática con tales categorías. Dicho de otra manera, se ha puesto
el empeño y capacidad en la restructuración de tales categorías, generalizándose
su inminente intervención, sin todavía quedar clara la correspondencia de los
estándares de garantías de los individuos (entiéndase personas humanas) con los
entes j urídicos.
Los compromisos y recomendaciones internacionales a los que se alude, no de
manera infrecuente, como promotores de la responsabilidad penal de los “entes
1 jesús ma ría silva sánCh ez. L a expan sión d el derec ho pen al: asp ectos d e la pol ítica c rimin al
en las sociedades postindustr iales (Madrid: Edisofer, 2011).

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