Responsables del impuesto - Libro Tercero. Impuesto sobre las ventas - Estatuto tributario 2011 - Libros y Revistas - VLEX 379834378

Responsables del impuesto

AutorÁlvaro Jiménez Lozano
Páginas264-274
264
ÁLVARO JIMÉNEZ LOZANO
rio, de acuerdo con los artículos 98 a l00 del Decreto 444 de 1967, el impuesto se pagará
en pesos colombianos al tipo de cambio vigente en la fecha de emisión de la póliza, del
anexo de amparo, o de su renovación.
TÍTULO III
RESPONSABLES DEL IMPUESTO
Artículo 437. Los comerciantes y quienes realicen actos similares a los de ellos y los
importadores son sujetos pasivos.
Son responsables del impuesto:
a) En las ventas, los comerciantes, cualquiera que sea la fase de los ciclos de producción
y distribución en la que actúen y quienes sin poseer tal carácter, ejecuten habitualmente
actos similares a los de aquéllos.
Código de Comercio. Decreto 0410 de 1971. Artículo 10. Defi nición de Comerciantes.
Artículo 11. Ejecución ocasional de operaciones mercantiles. Artículo 13. Hechos que hacen
presumir el ejercicio del comercio.
Ley 0222 de 1995 Por la cual se modifi ca el Libro II del Código de Comercio, se expide
un 0nuevo régimen de procesos concursales y se dictan otras disposiciones. Artículo
71. Concepto de Empresa Unipersonal.
Decreto 0380 de 1996 por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 0223 de 1995.
Artículo 28. Empresas Unipersonales responsables del impuesto sobre las ventas.
b) En las ventas de aerodinos, tanto los comerciantes como los vendedores ocasionales
de éstos.
Nota: El literal c), fue modifi cado por el artículo 25 de la Ley 0006 de 1992, así:
c) Quienes presten servicios.
Decreto 1372 de 1992 por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 0006 de 1992, el
Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones. Artículo 1º. Defi nición de servicio para
efecto del IVA.:
d) Los importadores.
La responsabilidad se extiende también a la venta de bienes corporales muebles aun-
que no se enajenen dentro del giro ordinario del negocio, pero respecto de cuya adqui-
sición o importación se hubiere generado derecho al descuento.
Nota: El literal e), fue adicionado por el artículo 7º de la Ley 0223 de 1995, así:
e) Los contribuyentes pertenecientes al régimen común del impuesto sobre las ventas,
cuando realicen compras o adquieran servicios gravados con personas pertenecientes
al régimen simplifi cado, por el valor del impuesto retenido, sobre dichas
transacciones”.
Normas concordantes de este Estatuto. Artículo 485-1. Descuento del impuesto sobre
las ventas liquidado sobre operaciones gravadas realizadas con responsables del régimen
simplifi cado.
Decreto 0380 de 1996 por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 0223 de 1995.
Artículo 15. Disposiciones específi cas para el régimen simplifi cado. Artículo 16. Responsable
del régimen simplifi cado que debe pasar al régimen común.
Decreto 0522 de 2003 por el cual se reglamenta la Ley 0788 de 202 y el Estatuto
Tributario. Artículo 1º. Nuevos responsables del impuesto sobre las ventas.
Nota: El artículo 437 fue adicionado con el literal f) por el artículo 37 de la Ley 0788 de 2002, así:
“f) Los contribuyentes pertenecientes al régimen común del Impuesto sobre las Ventas,
por el impuesto causado en la compra o adquisición de los bienes y servicios gravados
relacionados en el artículo 468-1, cuando estos sean enajenados o prestados por
personas naturales no comerciantes que no se hayan inscrito en el régimen común del
impuesto sobre las ventas.

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