Responsables del impuesto - Primera parte. Impuesto al Valor agregado - Impuesto Nacional al Consumo - Cartilla impuesto al valor agregado 2013 - Libros y Revistas - VLEX 511896818

Responsables del impuesto

AutorJorge Hernán Zuluaga Potes
Páginas3-7
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
3
RESPONSABLES DEL IMPUESTO
Son responsables del impuesto:
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Los comerciantes, cualquiera que sea la fase de los ciclos de producción y distribución en la que
actúen, ejecutan habitualmente actos similares a los de las ventas de bienes. Artículo 437 E.T. Lit. a).
Los productores de bienes exentos y los exportadores son responsables del impuesto.
En las ventas de aerodinos son responsables los comerciantes y los vendedores ocasionales. Artículo
437 E.T. Lit.b)
En la venta de productos derivados del petróleo, son responsables del impuesto los productores, los
importadores y los vinculados económicos de estos. Artículo 444 E.T.
Los importadores de combustibles para consumo propio, o venta dentro del territorio nacional,
son responsables del impuesto por las importaciones que realicen. Artículo 3, Decreto 1082/94.
En la venta de limonadas, aguas y gaseosas aromatizadas. En la venta de estos productos (incluidas
las aguas minerales y otras bebidas no alcohólicas, con exclusión de los jugos de frutas, de legumbres y
hortalizas de la partida 20.09), son responsables el productor, el importador, o el vinculado económico
de estos. Artículo 446 E.T.
En la venta de cervezas. Es responsable el productor, importador. Artículo 430 E.T.
En la venta de refajos o mezclas de bebidas fermentadas y bebidas no alcohólicas, son responsables
el productor, el importador, o el vinculado económico de estos. Artículo 26°, Decreto 380/96.
En las ventas fuera del giro ordinario de los negocios es responsable quien venda bienes corporales
muebles, aunque no se enajenen dentro del giro ordinario del negocio, pero de cuya adquisición o
importación se haya generado derecho al descuento. Artículo 437 E.T. Lit. e)
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Los comerciantes de bienes exentos no son responsables, ni están sometidos al régimen del impuesto
sobre las ventas, de las ventas de bienes exentos. Artículo 439 E.T.
No son responsables del impuesto quienes vendan bienes que expresamente se encuentren excluidos
por definición o destinación del impuesto sobre las ventas.
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Los prestadores de servicios gravados son responsables por los servicios prestados. Artículo 437
E.T. Lit c).
¾Definición de servicio. Se considera servicio a toda actividad, labor o trabajo prestado por una
persona natural o jurídica, o por una sociedad de hecho, sin relación laboral con quien contrata la
ejecución, la cual se concreta en una obligación de hacer, sin importar que en la misma predomine
el factor material o intelectual. Dicha actividad genera una contraprestación en dinero o en especie,
independientemente de su denominación o forma de remuneración. Artículo 1°, Decreto 1372/92.
Los clubes sociales o deportivos, y las personas jurídicas que tienen sede social para la reunión, recreo
o práctica de deporte de sus asociados son responsables del impuesto. La sede social puede ser propia
o ajena. Artículo 441 E.T.

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