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Riesgo que cubre accidente de trabajo

Contenido
  • 1 Riesgos que cubre
    • 1.1 Accidente de trabajo
    • 1.2 Modalidades de accidente de trabajo
    • 1.3 Excepciones:
  • 2 Notas
  • 3 Legislación citada
[editar] Riesgos que cubre [editar] Accidente de trabajo
“Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.

Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.

Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador (accidente in itinere).

También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.

De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.”

El accidente de trabajo Consiste en sufrir un accidente con ocasión o en función del trabajo. La definición antes la daba la CAN en el literal n) de art. 1º del Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo, y ahora se encuentra en la Ley 1562 de 2012 que la define como un suceso repentino que sobrevenga con causa o con ocasión del trabajo y que produzca una lesión orgánica una perturbación funcional o psiquiátrica, la invalidez o al muerte. Posteriormente la misma ley dice que el único accidente que queda por fuera del amparo de los riesgos laborales es cuando el trabajador se autoinvalida, de modo que si por el dolo del trabajador, éste incurre en accidente y por ello se sufre una invalidez, el sistema de riesgos laborales no cubre ese siniestro. Es también accidente de trabajo el que se produce en ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.

[editar] Modalidades de accidente de trabajo
  • El que sucede por causa del trabajo: sucede en desempeño de la...

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