Un salvavidas a los accionistas minoritarios - Núm. 2022, Enero 2022 - Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría - Noticias - VLEX 896697884

Un salvavidas a los accionistas minoritarios

AutorGustavo Ibarra Ibarra

Con ocasión a la reforma presentada en el 2021 por la Superintendencia de Sociedades al régimen societario colombiano, se busca lanzar –una vez más– un salvavidas a los accionistas minoritarios.

En nuestro entorno societario, caracterizado por sociedades cerradas de capital altamente concentrado, y en el que el problema de agencia de mayor envergadura es el que surge entre accionistas mayoritarios y minoritarios, abundan las conductas oportunistas de los primeros que perjudican los derechos y la inversión de los segundos. Esta es la situación actual del típico minoritario que se ve desprovisto de mecanismos de protección frente al oportunismo de los mayoritarios.

A pesar de los avances en la materia, como la consagración del abuso del derecho al voto, lo cierto es que comúnmente la expropiación y la opresión de los controlantes se materializa en concierto con los administradores de la sociedad en operaciones en las que no interviene la Asamblea de Accionistas. Un ejemplo son los negocios celebrados entre la sociedad y el controlante en los que, a través de condiciones injustas, este último se apropia desproporcionadamente de beneficios privados.

Frente a dichos supuestos, el minoritario se ve desprovisto de mecanismos de defensa, puesto que: (i) no podrá obtener una indemnización de perjuicios, pues los perjuicios directos los sufre la sociedad y, como es sabido, los perjuicios indirectos no son indemnizables; y (ii) la acción social de responsabilidad mediante la cual se puede reconstituir el patrimonio social requiere, por lo general, el voto favorable del controlante. De ahí que el minoritario solo puede anhelar que, en instancias judiciales donde sus pretensiones indemnizatorias se verán desestimadas por falta de legitimación o por ausencia de perjuicios directos, eventualmente el juez declare la nulidad absoluta por conflictos de interés de los administradores.

En...

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