Sancionada ley que regula el derecho a la desconexión laboral - Núm. 2022, Enero 2022 - Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría - Noticias - VLEX 897415969

Sancionada ley que regula el derecho a la desconexión laboral

AutorMariangela Cáceres Álvarez

El pasado seis de enero de 2022, fue sancionada la ley 2191 de 2022 que regula el derecho a la desconexión laboral.

¿Qué es la desconexión laboral?

Es el derecho que tienen todos los trabajadores y servidores públicos a no tener contacto, por cualquier medio o herramienta, con cuestiones relacionadas con su actividad laboral fuera de su jornada de trabajo, o durante sus vacaciones y descansos. Según esta ley, el empleador deberá abstenerse de formular órdenes u otros requerimientos al trabajador por fuera de la jornada laboral.

¿Puede el empleador tener acercamientos con el trabajador una vez finalice su jornada laboral?

Depende. La ley no prohíbe al empleador tener acercamientos con el trabajador fuera de su jornada laboral, a menos que la intención del primero sea impartir órdenes u otros requerimientos inmediatos a este último. Ante este escenario, el trabajador no estará obligado a dar respuesta a dichos acercamientos, salvo que ocurran eventos de fuerza mayor, caso fortuito o sobrevengan situaciones difíciles o de urgencia en la operación del empleador.

¿Puede el empleador tomar represalias en contra de los trabajadores que estén cobijados por este derecho?

Una vez finalice la jornada laboral, los trabajadores cobijados por esta ley estarán en su derecho de desatender sus labores, motivo por el cual el empleador no podrá tomar represalias en contra de ellos. No obstante, en las situaciones excepcionales mencionadas en la respuesta anterior, el trabajador deberá brindar especial atención a los requerimientos de su empleador, so pena de incurrir en el incumplimiento de la obligación legal establecida en el artículo 58 del Código Sustantivo del Trabajo.

¿Es posible que el trabajador renuncie a este derecho?

El derecho a la desconexión laboral es un derecho irrenunciable, por lo que no podrá ser objeto de conciliación o condicionamiento por parte de los empleadores.

¿La vulneración a este derecho puede ser considerada como una conducta constitutiva de acoso laboral?

Sí, siempre y cuando el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR