Sección séptima. Costas y multas - Libro segundo. Actos procesales - Código general del proceso - Libros y Revistas - VLEX 800369013

Sección séptima. Costas y multas

AutorHéctor Darío Arévalo Reyes
Páginas166-171
Parágrafo °. En ningún caso, el trámite de recurso de revisión suspende el cum-
plimiento de la sentencia.
Parágrafo °. Podrán acumularse dos o más demandas de revisión una vez se haya
noticado a los opositores, aplicando para ello las reglas previstas en este código
para la acumulación de procesos.
Artículo . Sentencia. Si la Corte o el tribunal encuentra fundada alguna de las
causales de los numerales ° a ° o ° del artículo  invalidará la sentencia revi-
sada y dictará la que en derecho corresponde; si halla fundada la del numeral °
declarará sin valor la sentencia y devolverá el proceso al tribunal o juzgado de ori-
gen para que la dicte de nuevo; y si encuentra fundada la del numeral ° declarará
la nulidad de lo actuado en el proceso que dio lugar a la revisión.
Cuando la causal que prospera sea la quinta o la sexta, antes de proferirse la sen-
tencia que reemplace a la invalidada, se decretarán las pruebas que dejaron de de-
cretarse o de practicarse por alguno de los motivos señalados en dichas causales.
Cuando prospere la causal , se ordenará la práctica de dictamen pericial.
En la sentencia que invalide la revisada se resolverá sobre las restituciones, cance-
laciones, perjuicios, frutos, mejoras, deterioros y demás consecuencias de dicha
invalidación. Si en el expediente no existiere prueba para imponer la condena en
concreto, antes de proferirse la sentencia que reemplace a la invalidada se dará
cumplimiento a lo dispuesto en el artículo .
Si se declara infundado el recurso, se condenará en costas y perjuicios al recurren-
te, y para su pago se hará efectiva la caución prestada.
Artículo . Medidas cautelares. Podrán decretarse como medidas cautelares la
inscripción de la demanda y el secuestro de bienes muebles en los casos y con los
requisitos previstos en el proceso declarativo, si en la demanda se solicitan.
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TÍTULO I
COS TA S
CAPÍTULO I
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Artículo . Composición. Las costas están integradas por la totalidad de las expen-
sas y gastos sufragados durante el curso del proceso y por las agencias en derecho.

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