Decreto número 188 de 2014, por el cual sefijan las escalas de asignación básica de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados delMinisterio de Defensa Nacional, incorporados del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Supresión, a la Policía Nacional - 7 de Febrero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 490518002

Decreto número 188 de 2014, por el cual sefijan las escalas de asignación básica de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados delMinisterio de Defensa Nacional, incorporados del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Supresión, a la Policía Nacional

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín49057

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,

DECRETA:

Artículo 1° Campo de aplicación.

El presente decreto fija las escalas de remuneración de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, incorporados del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Supresión, a la Policía Nacional.

Artículo 2° Asignaciones básicas.

A partir del 1° de enero de 2014, la asignación básica mensual para los servidores públicos del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Supresión, incorporados a la Policía Nacional, quedará así:

Grado Salarial Profesional Técnico Asistencial
1 $2.143.278 $1.343.819 $1.092.497
2 $2.361.496 $1.438.849 $1.207.032
3 $2.422.835 $1.494.304 $1.343.819
4 $2.520.739 $1.689.084 $1.438.849
5 $2.647.603 $1.754.181 $1.549.638
6 $2.849.530 $1.853.984 -
7 $2.992.943 $1.920.121 -
8 - $2.039.982
9 $2.095.807 -
10 $2.176.415
11 $2.355.886 -
12 - $2.642.490

Parágrafo 1°. Para las escalas de los niveles de que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel y corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

Parágrafo 2°. En el valor de ¡as asignaciones básicas mensuales señaladas en el presente artículo está incorporada la prima de riesgo correspondiente al cargo del cual el empleado era titular en el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Supresión, en los términos del artículo 3° del Decreto número 0236 de 2012.

Se podrán crear empleos de medio tiempo los cuales se remunerarán en forma proporcional al tiempo trabajado y con relación...

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