Seguros y agroindustria: Riesgos en la agricultura y mecanismos de trasferencia disponibles en el mercado - Núm. 50, Enero 2019 - Revista Ibero-Latinoamericana de Seguros - Libros y Revistas - VLEX 816811453

Seguros y agroindustria: Riesgos en la agricultura y mecanismos de trasferencia disponibles en el mercado

AutorVicente Ríos Urzúa
CargoAbogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Adolfo Ibáñez (Chile)

Introducción

Todo desarrollo comercial implica necesariamente enfrentar circunstancias desconocidas o potenciales, y es justamente en ello donde radica la cuota de incertidumbre con la que todo inversionista debe vivir. Lo probable o improbable finalmente es lo que denominamos Riesgo, concepto que en cuanto tal no constituye un evento puramente probabilístico de inoficioso estudio, sino que representará un punto de análisis esencial al momento no sólo de tomar una decisión de inversión, sino también al momento de definir cómo reaccionar frente a la probabilidad de ocurrencia[1].

Como muchas, la Agroindustria representa un área de negocios donde confluyen multiplicidad de contingencias capaces de complejizar la continuidad de una operación. Podrán existir riesgos laborales, legales, comerciales, financieros, operacionales, naturales, entre otros, respecto de los que siempre existirá un interés por mitigar, administrar, inhibir, controlar y/o reducir sus efectos o manifestaciones. Así las cosas, los Seguros se presentan como una herramienta eficaz al momento de buscar transferir aquella proporción de riesgo que excede lo tolerable, y en la agroindustria los avances han sido notorios desde la década de los 90 a la fecha.

La industria agrícola global está viviendo un fuerte y continuo proceso de expansión, en donde países líderes en la exportación de productos frescos tales como Perú, Chile y México han volcado sus intereses gubernamentales, desde lo normativo y regulatorio, con miras a perfeccionar procesos de control y producción con estándares que aseguren la aceptación de sus productos a nivel mundial. Lo antes indicado ha implicado no sólo mayor conocimiento respecto de técnicas de manejo de producción, sino que mayor y mejor manejo de información y control respecto de aquellas contingencias o riesgos que puedan poner en peligro el éxito de estos negocios.

De lo anterior deviene que en la actualidad se esté viviendo un segundo ciclo de cambios en la industria de seguros agrarios particularmente por el fuerte apoyo de la tecnología e innovación, elementos que se han puesto a disposición de los mercados aseguradores aportando nuevas herramientas de valoración y previsibilidad de riesgos, lo que ha redundado en generación de nuevas matrices de riesgos asegurables y, de cara a los actores relevantes de la industria, nuevos seguros.

  1. Noción de riesgo asegurable: distintas fases de producción, distintas perspectivas de aproximación

    En términos puramente normativos, pareciera que lo asegurable fuera más bien estático. Así las cosas, definiciones como las contenidas en los artículos 512, 513 y 514 del Código de Comercio de Chile toman en buena medida lo que otros sistemas legislativos han ido deslindando como asegurable[2].

    En la agroindustria, tal como en otras, no todo evento es de fácil identificación para efectos de entender si en el fondo cumple o no con las perspectivas de lo que debemos entender por Riesgo Asegurable. A priori, debemos ser capaces de entender que el concepto “asegurable”, en industrias tan versátiles y evolutivas, no sólo será dinámico, sino que en su delimitación convergerán múltiples responsabilidades, particularmente las de los agentes auxiliares del mercado de seguros, quienes frente a un riesgo atípico[3] toman relevancia.

    Así las cosas, en el desarrollo del mercado agrícola nos hemos encontrado con riesgos que hoy están en proceso de suscripción, es decir, que el mercado está conociendo y aceptando como transferible, en circunstancia que hace 10 o 15 años eran eventos propios de lo definible en el ámbito de los actos de dios o hipótesis de fuerza mayor excluidos de cobertura.

    En términos generales, tanto la doctrina nacional como la comparada han realizado numerosos esfuerzos buscar poder definir normativamente el concepto de Riesgo, diseñando una conceptualización que sea más profunda que la pura acepción semántica, la que se limita simplemente, según la Real Academia Española, a definirlo como la “contingencia o proximidad de un daño”. A simple vista, esta definición resulta vaga si queremos enmarcarlo como el elemento esencial y característico por excelencia del contrato de seguros.

    En Chile, durante la década de los 80, el profesor Osvaldo Contreras S. entendía la noción de Riesgo Asegurable como la “Posibilidad o eventualidad de que ocurra un hecho que perjudique económicamente al asegurado, ya sea porque pueda afectar a bienes determinados, al derecho a exigir ciertas prestaciones, al patrimonio mismo en forma indeterminada o a la vida, salud o integridad de una persona”[4]. En el mismo orden de ideas, Mark R. Greene, lo entendía “como la Incertidumbre que existe de que un suceso pueda ocurrir. […] suceso que ocasiona una pérdida económica, o un reparto involuntario de valor. […] el riesgo de pérdida económica es algo que la mayoría de la gente desea evitar. Por lo tanto, es especialmente importante tener un conocimiento claro de su naturaleza”[5].

    Estas iniciales conceptualizaciones han evolucionado naturalmente hasta la situación actual, donde se entiende que no sólo son asegurables riesgos provenientes de la posible ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor, como lo definía la academia y las legislaciones modernas del siglo XIX, sino que también quedan amparados dentro del paraguas del contrato de seguro riesgos provenientes de actos intencionales de terceros y aquellos culposos propios del asegurado o de terceros[6]. Dentro de este orden de ideas había estado trabajando la doctrina comparada, por ejemplo: en Italia, César Vivante, ha caracterizado el riesgo entendiéndolo como un riesgo que debe ser incierto “al menos en cuanto al momento en que habrá de producirse; el riesgo debe ser independiente de la voluntad del asegurador, y para hacerlo tal, hay que hacer que decaiga todo derecho de quien voluntariamente provoca el siniestro”[7] A su vez, el Common Law, incluye dentro de la noción de riesgo aquellos “…reclamos en contra de los asegurados, a menos que exista un acuerdo expreso que los excepcione, incluyendo reclamos por negligencia. No importa si la negligencia proviene del asegurado, sus dependientes o extraños. El riesgo no se extiende a conductas intencionales del asegurado, si a conductas dolosas de dependientes del asegurado o extraños.” [8]

    En definitiva, del análisis de estas descripciones podemos obtener una caracterización multidimensional del concepto de riesgo asegurable, en el sentido que debe ser: (1) Consecuencia de un pacto expreso y delimitado, (2) Que permite incluir la asunción de riesgos provenientes de conductas culposas del asegurado, lo que queda sujeto al contexto de las negociaciones asociadas al riesgo que se busca transferir y la cuota que esté dispuesto a asumir el tercero asegurador; (3) Que debe ser posible, es decir, que debe existir una eventualidad o contingencia futura de ocurrencia probable, y (4) Que de ocurrir el hecho, no exista intervención dolosa del Asegurado en dicha ocurrencia, existiendo figuras penales que ayudan a delimitar este aspecto de la conducta[9].

  2. Fases de transferencia

    Para la agroindustria (y en general, los agronegocios) las perspectivas citadas de riesgo asegurable siempre han manifestado cambios, los que han sido promovidos de manera particular por la aplicación de nuevas tecnologías e innovación en sus procesos productivos. Así las cosas, en tanto tomadores profesionales de seguros, creemos conveniente generar estrategias que permitan una mayor y mejor aprehensión de las dimensiones que el original agro-riesgo (entendido como “la producción”) tiene en la actualidad, puesto que sería sólo esa la mejor manera de aportar herramientas útiles al momento de la delimitación, cotización y, finalmente, diseño de la cobertura que se podría ofrecer como estrategia de transferencia y administración de riesgos. En este orden de ideas, proponemos una clasificación atendiendo a los momentos o fases productivas en las que nos podemos encontrar, cuales son:

    2.1. Riesgos de campo: Cultivo y precosecha

    Cuando nos referimos a procesos de cultivo y precosecha estamos haciendo referencia a una serie de factores o elementos directamente asociados a la calidad sensorial y nutricional de un fruto en conexión al sitio o campo de cultivo. En esta fase importa controlar el comportamiento del cultivo puesto que se puede regular mediante intervenciones químicas el desarrollo de desórdenes fisiológicos que podrían potencialmente desarrollarse durante el posterior proceso de conservación frigorífica o incluso en la etapa de comercialización.

    En esta fase de precosecha los riesgos son muy particulares, distintos de los originalmente asegurados por el Seguro Agrícola en los términos en que fue diseñado y dispuesto por el Mercado Asegurador los primeros años. De hecho, fue sólo durante los años 90 cuando la industria aseguradora comenzó a tomar noticia de la existencia de elementos tecnológicos de precosecha muy vinculados a las ocurrencias que ellos, los aseguradores, estaban indemnizando a través de pólizas agrícolas.

    Actualmente se tiene claridad en que la calidad que puede alcanzar un determinado fruto está directamente relacionada con factores extrínsecos e intrínsecos a los que se somete durante su periodo vegetativo, es decir, durante el periodo de cultivo. Los niveles de estudio de estos aspectos se han sofisticado a tal medida que hoy es posible tener absoluta claridad, por ejemplo, respecto de cuáles son las condiciones que pueden prevenir la contaminación y adherencia de agentes patógenos en frutos y hortalizas, incluyendo complejas descripciones respecto de aquellos factores fisicoquímicos y biológicos que aceleran los procesos de contaminación microbiana de las superficies de las epidermis de distintos frutos[10].

    Todas estas tecnologías hoy se estudian como tecnologías de precosecha y dicen relación con todas aquellas técnicas aplicadas a los frutos y hortalizas con el objeto, directo e indirecto, de incidir en...

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