Seguros para daños materiales - Parte III. Las Coberturas - Gestión integral de riesgos y seguros - Libros y Revistas - VLEX 360617582

Seguros para daños materiales

AutorHernán Mejía Delgado
Cargo del AutorAdministrador de Empresas, Pontificia Universidad Javeriana (Bogotá). Máster en Economía, Pontificia Universidad Javeriana (Bogotá)
Páginas181-218
CAPÍTULO 8
Seguros para
daños materiales
“No dejes que alguien más diseñe tu mundo, porque al
hacerlo, siempre lo harán demasiado pequeño”
(Edwin Louis Cole).
Contenido:
Seguro para incendio y adicionales
Seguro para rotura de vidrios
Seguro para sustracción
Seguros para vehículos automotores
Seguro para transporte de mercancías
Seguro para transporte de valores
Seguros para embarcaciones
Seguros para aeronaves
Seguros agropecuarios
GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y SEGUROS
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Hernán Mejía Delgado
Variedad de amenazas: Variedad de soluciones. Tal como lo vimos en el
Capítulo referente al Riesgo en la Empresa, existen innumerables amenazas
que eventualmente pueden afectar los activos materiales y, que por su variedad
y posible impacto en nuestras nanzas, requieren soluciones adecuadas y
especí cas.
Riesgos reales o de daños. Se denominan riesgos reales o de daños, aquellos
que afectan la integridad de las cosas corporales, muebles o inmuebles, o los que
afectan los derechos radicados en ellos implicando pérdida o daños de los bienes
de empresas o personas (edi cios, contenidos, máquinas, vehículos, etc.).
A continuación, relacionamos los principales tipos de Coberturas existentes y a
las cuales nos referiremos en detalle.
I. Seguro para incendio y adicionales
Este tipo de Póliza, representa la cobertura tradicional utilizada en nuestro
medio como el amparo básico para responder a muchas necesidades, pudiendo
complementarse con Coberturas adicionales o también llamadas líneas aliadas.
1. Conceptos importantes
A modo de introducción, es importante conocer el signi cado de los siguientes
términos de común uso y ocurrencia en el análisis de esta modalidad de Seguro.
Fuego. Combustión que se mani esta con desprendimiento de luz, calor
intenso y, frecuentemente, llama, en condiciones no controladas.
Área de fuego. Entendemos por la misma, aquella que está expuesta a un
mismo fuego
Incendio. Fuego incontrolado que destruye algo.
Daño directo. Pérdida personal o material producida a consecuencia directa
de un siniestro
Daño indirecto o consecuencial. Se da este nombrea aquel que es
consecuencia mediata o indirecta de un siniestro. Por ejemplo, en un
incendio, daño directo es la pérdida originada por el fuego, y daño indirecto
o consecuencial puede ser el producido por el agua que se ha utilizado para
sofocar el incendio.
2. Ámbito de la cobertura
Este tipo de Seguro, está dirigido a cubrir toda clase de instalaciones, edi cios y
contenidos, referentes a hogares, negocios, comercios, industrias, instituciones,
además de los denominados grandes riesgos.
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Capítulo 8
8. Seguros para daños materiales
a. Bienes cubiertos. Normalmente está destinada a cubrir inmuebles,
edi cios o construcciones, y los contenidos como máquinas, equipos, mercancías,
materias primas, productos en proceso, muebles, enseres, etc. En general los
bienes cubiertos podemos considerarlos como bienes muebles e inmuebles, los
cuales podemos de nir como (Mapfre 1998, páginas 198 y 240):
Inmueble: entendido como el bien material que, por su propia naturaleza
no puede ser trasladado de un lugar a otro. Tal es el caso de las edi caciones,
construcciones anexas, redes de servicios de las edi caciones, chimeneas,
ascensores, muebles adosados a las edi caciones, tapetes pegados a los
pisos, etc.
Mueble: es el bien material que, por su propia naturaleza, puede trasladarse
de un lugar a otro, por sí mismo o mediante una fuerza externa. En general,
corresponden a los contenidos de negocios, fábricas, residencias, etc.
b. Bienes excluidos. La mayoría de pólizas excluyen algunos en forma de nitiva,
pero hay otros que aunque excluidos, lo pueden ser bajo convenio expreso.
Exclusiones totales. No se cubren las pérdidas o daños a:
Terrenos , siembras, bosques, aguas y animales vivos.
Aeronaves, naves uviales o marítimas de cualquier clase.
Tampoco los daños a materias primas, productos en proceso y productos 
terminados, como consecuencia únicamente de la suspensión o interrupción
de procesos industriales.
Exclusiones relativas (asegurables solo bajo convenio expreso). A menos
que exista estipulación expresa de cobertura, quedan excluidos los siguientes
bienes:
Mercan cías que el asegurado conserve bajo contrato de depósito, o en
comisión o en consignación.
Metales, joyas, piedras preciosas.
Medallas, plata labrada, cuadros, estatuas, frescos, colecciones y en 
general los muebles que tengan especial valor artístico, cientí co, histórico
o afectivo.
Manuscritos, planos, croquis, dibujos, moldes o modelos.
Documentos de cualquier clase, sellos, monedas, billetes de bancos, títulos 
valores, recibos y libros de comercio.
Explosivos.
Algodón.
Postes y líneas de transmisión de energía, represas, puentes y túneles.
Vías de acceso y sus complementos, vías férreas y equipo de ferrocarril.
Vehículos a motor que deban tener licencia para transitar por vía pública.

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