Seguros obligatorios - Condiciones del ejercicio de la actividad capitalizadora y de las operaciones de las compañias de seguros, reaseguros y sus intermediarios - Estatuto orgánico del sistema financiero. Segunda edición - Libros y Revistas - VLEX 730393405

Seguros obligatorios

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas260-261

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ARTÍCULO 191. CREACIÓN DE SEGUROS OBLIGATORIOS. Solamente por ley podrán crearse seguros obligatorios.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

• Código de Comercio: Art. 1056.

• *Ley 45 de 18 de diciembre de 1990: Art. 94.

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DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

• CONCEPTO 2010076330-001 DE 2 DE DICIEMBRE DE 2010. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA. Seguros, autonomía de las aseguradoras para asumir los riesgos.

• CONCEPTO 2003022259-1 DE 7 DE MAYO DE 2004. SUPERINTENDENCIA BANCARIA. Compañías de Seguros. Seguros. Amparo Mutual. Las compañías de seguros tienen facultad para asumir los riesgos objeto de aseguramiento. No está consagrado en las normas vigentes la posibilidad de que un particular establezca un fondo que respalde garantías. Diferencias del seguro comercial y el amparo mutual.

• CONCEPTO 2002055353-1 DE 30 DE ENERO DE 2003. SUPERINTENDENCIA BANCARIA. Seguros - Autoseguro. Fondo para la Protección de los Bienes del Estado. Autoseguro; presupuestos. Diferencia con autoasunción de riesgos. Riesgos asegurables. Renovación.

• CONCEPTO 2003029137-1 DE 9 DE SEPTIEMBRE DE 2003. SUPERINTENDENCIA BANCARIA. Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT. Definición de accidente de tránsito. Presupuestos fundamentales. No competencia de la Superintendencia Bancaria de Colombia para dirimir conflictos surgidos entre entidades hospitalarias y compañías de seguros.

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