Los seguros de vida en la familia - Segunda parte. Los seguros para la familia - Seguros y finanzas para la familia - Libros y Revistas - VLEX 401432786

Los seguros de vida en la familia

AutorMejía Delgado, Hernán
Páginas61-87

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C apítulo 5

Los seguros de vida en la familia

“Solamente dos legados duraderos podemos aspirar a dejar a nuestros hijos: uno, raíces; el otro, alas”.

Hodding Carter

Este capítulo contiene:

Preguntas fundamentales
Los seguros de vida
El seguro para accidentes e incapacidad El seguro de salud o enfermedad
El seguro para exequias
¿Cómo asegurar la educación de los hijos? Los seguros de desempleo

Este capítulo está dirigido a abordar todos los temas relacionados con los seguros de las personas componentes del grupo familiar en cuanto a los efectos en las finanzas de la familia de daños o perjuicios por pérdida de la vida, vejez, incapacidad, desmembración, enfermedad, gastos de exequias, jubilación y desempleo.

Como la póliza de seguro de vida, te sugiero que analices:

Darías la vida por tu familia, ¿por qué no la aseguras para ellos? ¿Una insignificante prima o exponer tu familia a perder el sustento?
¿A quién le dejas el riesgo? ¿A tu familia o a la aseguradora? No se compra por morir, sino porque seres queridos siguen viviendo.

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Preguntas fundamentales

Todos los seres humanos compartimos un destino: la muerte. La pregunta es: ¿cuándo? Y no se trata de si estamos listos para partir sino de cómo continuarán viviendo los que dependen de nosotros, nuestra familia.

Lo que amenaza (Salas Subirat) es, en unos casos, el “riesgo” de muerte prematura, y en otros, lo que podría denominarse muerte tardía. En síntesis, expresándonos en términos económicos, se trata de la muerte inoportuna: morir antes de haber consolidado las finanzas del hogar es, desde el punto de vista económico, prematuro, y morir cuando ya no se tiene capacidad para mantenerse es, también económicamente, tarde. Ése es el riesgo que cubre el seguro de vida: el riesgo de muerte económicamente inoportuna.

¿Qué riesgos afectan el valor de la vida?

En consecuencia de lo anterior, la realidad de los riesgos que afectan hoy el valor de la vida humana17normalmente se dividen en:
 La muerte prematura: considerada como el deceso de la persona antes de establecerse, no relacionada con la edad, sino con respecto al nivel de dependencia económica de su familia.
 La muerte tardía: considerada como el deceso de la persona cuando ya no se tiene capacidad para pagar sus gastos de mantenimiento personal.
 Los daños corporales: aquellos que amenazan la integridad física o corporal, menoscaban la capacidad de trabajo, o que incrementan los gastos dramáticamente.
 La enfermedad: los que afectan la salud de la persona, requiriendo la intervención médica o causando imposibilidad laboral a consecuencia de ella.
 La incapacidad temporal: se presenta cuando la persona se encuentra imposibilitada temporalmente para desempeñar una actividad, bien sea por enfermedad o por accidente.
 La incapacidad total y permanente: se considera cuando la enfermedad o accidente imposibilitan a la persona para desempeñar una actividad.

17 Citados en: Seguros de vida, accidentes, salud y planes de pensiones. Editorial

MAPFRE. 2000.

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 La jubilación: Considerada como la situación de un trabajador que cesa en su actividad laboral por cumplimiento de una edad determinada.

 El desempleo: Situación de la persona que se encuentra sin trabajo o en cese laboral forzoso.

¿Qué pasaría si nos quedáramos sin ingresos para vivir?

Solo cuando se está sin empleo, enfermo y sin recursos, anciano y sin medios de subsistencia, se vive la tragedia de no contar con lo suficiente para el diario vivir, para proporcionar una existencia por lo menos digna. Esto es si vivimos solos, pero nuestra existencia se vuelve una verdadera tragedia cuando tenemos una familia por la cual responder y nos quedamos sin ingresos para siquiera vivir, para garantizar los mínimos de subsistencia; la angustia de llegar a casa con las manos vacías es indescriptible, la relación de pareja se vuelve insostenible, la confianza se derrumba, el amor se desgasta y todos los sueños y proyectos se vuelven eso, solo sueños.

¿Cuáles son los seguros para las personas?

Éstos son aquellos que cubren todos los riesgos que pueden afectar a la existencia, la integridad física o la salud del asegurado, los cuales básicamente se dividen en: seguros de vida que cubren la vida propia o la de un tercero, tanto para el caso de fallecimiento como para el caso de sobrevivencia, o ambos; seguros de accidentes, los cuales cubren la lesión corporal o la muerte que pueda sufrir el asegurado como consecuencia de accidentes; y los seguros de enfermedad que protegen la salud del asegurado, bien reparándola mediante actos médicos, bien indemnizando económicamente la imposibilidad laboral como consecuencia de aquélla.

IMPORTANTE:

Conozca las clases de seguros: la contratación de un seguro de vida para caso de muerte y una cobertura complementaria para caso de invalidez absoluta es aconsejable para todas las personas de cuyos ingresos dependa la familia y que no cuenten con un buen patrimonio.

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¿Qué es un buen patrimonio?

Si bien no se pretende dar una definición única, un buen patrimonio no es la suma de muchos bienes: auto, apartamento, finca de descanso. Para una familia un buen patrimonio es un patrimonio productivo, aquel constituido por activos que metan dinero a su bolsillo y que pueda sostenerlos en caso de que su fuente generadora de ingresos llegase a faltar. Tal vez por causa de nuestra cultura, son muy pocas las familias que construyen un patrimonio de este tipo, y de allí la importancia de que, mientras se construye, se transfiera el riesgo de iliquidez a través del seguro de vida.

¿Qué soluciones de seguros existen?

Para estos imponderables en la vida de una persona o familia existen las pólizas de vida, accidentes y enfermedad. A continuación analizaremos en forma general los principales seguros existentes para las personas que integran la familia.

Los seguros de vida

Los seguros sobre la vida son todos aquellos que indemnizan en función de si el asegurado está vivo en un determinado momento de su existencia o muere durante la vigencia del contrato. Generalmente, se dividen en dos grandes grupos como son: seguros por fallecimiento y seguros de ahorro, o también la combinación de ambos.

Seguro para pérdida de la vida o fallecimiento

Garantiza al beneficiario designado en la póliza el pago del capital contratado si el asegurado fallece con antelación al término del contrato. El costo del seguro o prima se paga hasta la finalización del contrato o hasta la muerte del asegurado. Si el asegurado no fallece dentro de la vigencia de la póliza, ésta se da por terminada sin contraprestación alguna de la aseguradora, puesto que lo garantizado es la posibilidad de muerte que no ocurrió. Estos seguros se expiden bajo dos modalidades, como son:

Temporales

La duración del contrato es de un año renovable y el contratante y paga la correspondiente prima. Bajo otras modalidades, el seguro se contrata

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por períodos fijos como a cinco, diez o veinte años y el capital contratado se paga a los beneficiarios designados en la póliza al fallecimiento del asegurado. Normalmente, estos seguros finalizan al cumplimiento de los 65 o 70 años de edad.

Vida entera

Este seguro garantiza el pago del capital estipulado a los beneficiarios designados en la póliza al fallecimiento del asegurado, cualquiera que sea la fecha. Existen varias modalidades de pago de la prima como son:

• Pago anual durante toda la vida del asegurado.
• Sistema de pagos temporales durante el periodo de tiempo que se convenga, si antes no fallece el asegurado.

¿Qué beneficios adicionales se pueden contratar?

Adicionalmente, hay otro tipo de amparos que amplían considerablemente la cobertura básica y que están supeditados a la contratación del seguro principal, los cuales describimos:

Indemnización adicional por muerte accidental: siempre que el asegurado fallezca a consecuencia de accidente, la aseguradora indemnizará a los beneficiarios una suma adicional igual a la cuantía del seguro de vida principal, por lo cual este tipo de aseguración se denomina “Doble indemnización”.

Indemnización adicional por invalidez total y permanente: se entiende como tal, aquella contingencia derivada de enfermedad o accidente que impida al asegurado desarrollar cualquier actividad remunerada. Esta invalidez adicional se indemniza, según la modalidad que se contrate:
Ž Mediante la exoneración del pago subsiguiente de las primas futuras por pagar.

Ž Mediante el pago total de la suma asegurada para el amparo principal como si el asegurado hubiera fallecido.

Ž Por pagos en forma de renta para el mismo asegurado durante el número de años previsto en la póliza y hasta la finalización del contrato.

Enfermedades graves: bajo este amparo adicional se paga el capital estipulado en la póliza en caso de que el asegurado llegue a padecer enfermedades consideradas graves, tales como: cáncer,

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accidente cerebro-vascular, insuficiencia renal, infarto al miocardio o la necesidad de trasplante de órganos.
Gastos funerarios: la Compañía indemnizará hasta la suma asegurada previamente para ello a quien demuestre haber realizado los gastos funerarios consecuentes al fallecimiento de la persona asegurada.  Renta diaria por incapacidad temporal: si como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza el asegurado resultare internado de modo necesario y continuo en un centro hospitalario por más de 24 horas, para recibir tratamiento hospitalario o quirúrgico, bajo el cuidado y supervisión de un médico, la compañía pagará la indemnización diaria estipulada en la póliza por cada día que permanezca hospitalizado, sin exceder en ningún caso el lapso de 180...

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