Sentencia # 473 Nº 760013105003202000028-02 del Tribunal Superior de Cali Sala Laboral, 03-12-2021 - Jurisprudencia - VLEX 904956547

Sentencia # 473 Nº 760013105003202000028-02 del Tribunal Superior de Cali Sala Laboral, 03-12-2021

Sentido del falloMODIFICA POR ACTUALIZACIÓN DE LA CONDENA EL RESOLUTIVO SEGUNDO DE LA SENTENCIA APELADA Y CONSULTADA. SE CONFIRMA EN LO DEMÁS DICHO NUMERAL. CONFIRMA EN LO DEMÁS LA SENTENCIA APELADA Y CONSULTADA
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Cali de Colombia)
Número de registro81592756
Fecha03 Diciembre 2021
Número de expediente760013105003202000028-02
Normativa aplicada1. Ley 860 de 2003 Art. 1 / Ley 100 de 1993 Art. 33, 39, 40, 141 / Ley 797 de 2003 Art. 9 / Acto Legislativo 01 de 2005 parágrafo transitorio 6 / CST Art. 488 / CPTSS Art. 6, 65, 151 / Ley 712 de 2001 Art. 4 / C.G. del P. Art. 365 / Decreto 758 de 1990 Art. 10 / Decreto 917 del 28 de mayo de 1999 Art. 3 / Corte Constitucional. Sentencia C-428 de 2009. Sentencia T-777 de 2015 / Corte Suprema de Justicia - Sala Laboral. Sentencia 26049 de 2006. Sentencia SL 619 de 2013, radicado 40887. Sentencia SL1562 de 30-04-2019. Sentencia SL5703 de 2015, radicado 53600
MateriaRECONOCIMIENTO DEL RETROACTIVO PENSIONAL DESDE LA FECHA DE ESTRUCTURACIÓN DE LA INVALIDEZ - No resulta ser obstáculo para el reconocimiento de manera retroactiva del derecho pensional, las cotizaciones que posterior a la estructuración de la invalidez se efectuaron / TESIS: La entidad de seguridad social demandada no puede exigir requisitos adicionales a los previstos en la ley, al querer exigir ciertas formalidades para el agotamiento de la reclamación administrativa
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