SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 103569 del 04-04-2019
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 04 Abril 2019 |
Número de expediente | T 103569 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Medellín |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP4584-2019 |
Eyder Patiño Cabrera
Magistrado Ponente
STP4584-2019
Radicación n.° 103569
(Aprobado Acta No. 91)
Bogotá, D.C., cuatro (04) de abril de dos mil diecinueve (2019).
Se resuelve la impugnación presentada por Jesús Salvador Quintero Jaramillo frente a la decisión proferida el 18 de febrero de 2019 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, mediante la cual le negó la tutela interpuesta contra la Unidad de Fiscalías de Delitos contra la Administración Pública y la Fiscalía 54 Seccional, ambas de esa ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.
Al presente trámite fueron vinculados la Dirección Seccional de Fiscalías y la Fiscalía 94 Seccional, juntas de la capital de Antioquia.
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Hechos y fundamentos de la acción
Fueron relatados por el A quo de la siguiente manera:
(…)Se desprende de la demanda de tutela que el señor QUINTERO JARAMILLO interpuso dos denuncias bajo los SPOA 050016000206201505163 050016000206201033994 contra dos ex-funcionarias de la Gobernación de Antioquia por la presunta comisión de la conducta punible de Fraude Procesal.
Establece que, han transcurrido más de cuatro (04) años, sin pronunciamiento alguno de la parte demandada.
Revela que, la titular de la fiscalía 54° Seccional ha hecho caso omiso a sus requerimientos.
Es lo anterior, lo que considera le está vulnerando las garantías fundamentales al Debido Proceso y el Acceso a la Administración de Justicia. [sic]
Por tanto, solicit[ó] ordenar a la Fiscalía 54 Seccional de Medellín, adelantar la respectiva Investigación bajo la ritualidad de la ley 600 de 2000, toda vez que los hechos denunciados ocurrieron en el año dos mil (2000).
LA SENTENCIA IMPUGNADA
La Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín negó el amparo al considerar que las denuncias presentadas por el accionante [de las cuales se decretó la conexión y se unificaron en la indagación n.° 050016000206201033994] fueron archivadas por la Fiscalía General de la Nación el 30 de abril de 2018.
Resaltó que el actor puede solicitar el desarchivo de dichas diligencias y que no se observa ningún acto irregular que habilite la intervención del juez constitucional.
LA IMPUGNACIÓN
Jesús Salvador Quintero Jaramillo presentó memorial con el que reiteró los planteamientos de la demanda.
CONSIDERACIONES
1. Corresponde a la Sala determinar si la...
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