SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002019-01692-01 del 31-10-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842079497

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002019-01692-01 del 31-10-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de sentenciaSTC14838-2019
Número de expedienteT 1100102040002019-01692-01
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha31 Octubre 2019


AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

Magistrado ponente


STC14838-2019

Radicación n.° 11001-02-04-000-2019-01692-01

(Aprobado en sesión de treinta de octubre de dos mil diecinueve).


Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de octubre de dos mil diecinueve (2019).


Se decide la impugnación formulada por la convocante frente al fallo proferido el 16 de septiembre de 2019 por la Sala de Casación Penal de ésta Corte, dentro de la acción de tutela que promovió L.D.C.T. contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva y el Juzgado Quinto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de esa misma ciudad; trámite al que fueron vinculados las partes e intervinientes del asunto en que se origina la presente queja supralegal.


ANTECEDENTES


  1. La accionante, a través de apoderado judicial, reclamó la protección de su derecho fundamental al debido proceso, presuntamente conculcado por las autoridades jurisdiccionales encausadas.


Suplicó, en síntesis, dejar sin efecto el auto de 22 de julio de 2019 y «revocar parcialmente» el proveído de 14 de agosto siguiente, proferidos en primer grado y en apelación por el despacho y el tribunal accionados, para, en su lugar, ordenar la admisión de las pruebas testimoniales pedidas al interior de la causa penal n.º 2018-00140 (folio 8, cuaderno 1).


  1. Del libelo y de las probanzas obrantes en el expediente, se extractan los siguientes hechos (folios 1 a 20; 25; 48 a 56; 58 vuelto y 59, cuaderno 1):


    1. Ante el Juzgado Quinto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Neiva cursa la causa punitiva contra la tutelante, Jhon Édinson Burgos Plazas, M.A.C.H. y Jhon Fredy Hoyos Sánchez, por el punible de «homicidio doloso, fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego agravado y tentativa de hurto calificado agravado», bajo la radicación referida a espacio.


    1. El 22 de julio de 2019 se realizó la audiencia preparatoria de juicio oral, dentro de la que se negó el decreto de unos testimonios, determinación que a su vez revocó parcialmente la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de esa urbe el 14 de agosto1 posterior, en punto a «EXCLUIR el interrogatorio de indiciado rendido» por la titular del resguardo, confirmándose en lo demás, tras desatarse la apelación de auto instaurada por aquella y otro de los procesados.


    1. La promotora criticó la resolución desfavorable, en primera instancia y en alzada, de su solicitud probatoria, puesto que con ello se demeritó la sustentación realizada por su defensa técnica en cuanto a la «pertinencia» de los testimonios peticionados prevista en el artículo 375 de la ley 906 de 2004, con los que se ha pretendido acreditar que al momento de producirse los hechos por los que se la acusa estaba en un lugar distinto y, con ello, demostrar su inocencia.



  1. D., como medida provisional de cara a un perjuicio irremediable, conminar al juzgado de conocimiento no fijar fecha para el juicio oral o suspenderla en caso de estar programada; pedimento al que no accedió el a-quo constitucional en proveído admisorio de la acción de amparo (folios 27 y 28, cuaderno 1), sin inconformidad de parte de la querellante.


LAS RESPUESTAS DE...

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