SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 106101 del 13-08-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842096270

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 106101 del 13-08-2019

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 106101
Número de sentenciaSTP10823-2019
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha13 Agosto 2019






PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Magistrada ponente STP10823-2019 Radicación n°. 106101 Acta 203



Bogotá, D.C., trece (13) de agosto de dos mil diecinueve (2019).



VISTOS



Resuelve la Sala la demanda de tutela presentada por MATTHEW ARMIN SCHMID ORTIZ, a través de apoderado, contra la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales. Al trámite se vinculó a los JUZGADOS 44 PENAL MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS, 4 y 24 PENAL DEL CIRCUITO DE CONOCIMIENTO de la misma ciudad y a las partes e intervinientes en el proceso radicado 2016-01190.

ANTECEDENTES



Manifestó el accionante M.A.S.O., a través de apoderado, que desde el año 2015 presentó denuncia contra R. y J.W.S.F., con ocasión de la transformación irregular de la empresa R.S. y Cia Ltda a una sociedad simplificada por acciones, ocurrida entre noviembre de 2013 y febrero de 2014.


Adujo que dicha actuación fue asignada a la Fiscalía 56 Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Medellín, autoridad que el 24 de octubre de 2017 ordenó el archivo de las diligencias.


Indicó que el 21 de marzo de 2018, el Juzgado 44 Penal Municipal con función de Control de Garantías de Medellín negó el desarchivo del expediente; decisión que apelada, fue revocada por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Conocimiento del mismo distrito judicial.


Afirmó que atendiendo que la Fiscalía no había cumplido lo ordenado por el Juzgado de segunda instancia, acudió a la acción de tutela, la cual fue conocida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, que en providencia del 14 de agosto de 2018, ordenó al ente acusador, realizar un «plan metodológico» y analizar los elementos materiales probatorios en un término de 30 días. No obstante, el 17 de agosto siguiente, el fiscal del caso solicitó audiencia de preclusión, cuya petición fue «rechazada» el 25 de octubre siguiente, por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Conocimiento de Medellín.


Contra dicha decisión la Fiscalía instauró el recurso de apelación, resuelto el 8 de mayo de 2019, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín en el sentido de revocar el auto impugnado y decretar la preclusión.


Sostuvo que ante el incumplimiento de la orden constitucional, el 28 de noviembre de 2018, presentó incidente de desacato, cuyo trámite feneció el 18 de diciembre de la pasada anualidad, en sentido adverso a sus intereses.


Señaló que en la decisión, del 8 de mayo del año en curso, la Corporación demandada no tuvo en consideración que la primera instancia no resolvió de fondo la petición sino que la rechazó, por lo que lo correcto era devolver el expediente para que el Juzgado se pronunciara. Además, en la resolución del caso, se realizó una interpretación personal del fallo de tutela.


En ese orden, solicitó el amparo del derecho fundamental al debido proceso y en consecuencia, que se ordenara a la autoridad demandada revocar la decisión de segunda instancia y en su lugar, se emitiera una nueva...

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