SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 84997 del 03-07-2019
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de expediente | T 84997 |
Número de sentencia | STL9255-2019 |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE VALLEDUPAR |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Fecha | 03 Julio 2019 |
CLARA C.D.Q.
Magistrada Ponente
STL9255-2019
Radicación nº 84997
Acta 22
Bogotá, D.C., tres (3) de julio de dos mil diecinueve (2019).
Decide la Corte la impugnación que interpuso LUIS QUINTERO PALLARES contra el fallo proferido el 14 de diciembre de 2018 por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR, en la acción de tutela que adelanta contra el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE AGUACHICA, trámite al cual fueron vinculadas las partes e intervinientes dentro del proceso ejecutivo laboral objeto de cuestionamiento constitucional.
- ANTECEDENTES
LUIS QUINTERO PALLARES instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO, MÍNIMO VITAL y TRABAJO, presuntamente vulnerados por la autoridad accionada.
Refirió el proponente que W.G.V. adelantó un proceso ejecutivo laboral en su contra, con la finalidad de obtener el pago de acreencias laborales ordenadas a través de sentencia judicial, trámite que se adelantó ante el Juzgado Laboral del Circuito de Aguachica.
Informó que el despacho de conocimiento en auto de 17 de enero de 2018 libró el mandamiento de pago por valor «de $60.393.471, más la sanción moratoria desde el 18 de enero de 2018 hasta que se pague la totalidad de lo debido y el pago de la totalidad de las cotizaciones»; además, decretó medidas cautelares respecto a «dos inmuebles, un camión y vehículo spark».
Arguyó que el avaluó de los bienes embargados superan la suma de $256.996.500, y que es «desproporcionad[o]» el análisis del juez al fijar la cautela sobre la totalidad de sus bienes.
Cuestionó que la autoridad endilgada lesiona sus garantías fundamentales, pues el sustento de su familia lo provee de su camión marca JAC placa STA-287.
Con base en los anteriores hechos, pretendió el amparo de sus derechos fundamentales y, para su efectividad, solicitó ordenar dejar sin valor y efecto la providencia dictada el 17 de enero de 2018 y, en su lugar, se ordene el desembargo de los bienes necesarios, que constituyen su herramienta de trabajo del que deviene su sustento.
Mediante auto de 30 de noviembre de 2018, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar admitió la acción de tutela de la referencia y ordenó notificar al accionado y vinculados para que ejercieran su derecho de defensa y contradicción.
El...
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