SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002019-00073-00 del 30-01-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842273661

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002019-00073-00 del 30-01-2019

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha30 Enero 2019
Número de expedienteT 1100102030002019-00073-00
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTC665-2019
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

L.A. RICO PUERTA

Magistrado ponente

STC665-2019 Radicación nº 11001-02-03-000-2019-00073-00

(Aprobado en Sala de treinta de enero de dos mil diecinueve)

Bogotá, D.C., treinta (30) de enero de dos mil diecinueve (2019).

Decide la Corte la acción de tutela promovida por L.E.F.M. contra la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado Treinta y Dos Civil del Circuito de esta ciudad.

ANTECEDENTES

1. Obrando por intermedio de apoderada, el accionante reclama la protección de los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, supuestamente vulnerados por las autoridades judiciales acusadas al rechazar la demanda de impugnación de actas de asamblea que formuló contra el Edificio Uransa I P.H.

2. Expone, en síntesis, que cuestionó en sede judicial las decisiones adoptadas por la Asamblea General de Copropietarios de la convocada el 7 de abril de 2018.

Afirma que el Juzgado Treinta y Dos Civil del Circuito de Bogotá rechazó la demanda «por haber operado la caducidad de la acción», siendo ratificado por el tribunal en sede de apelación el 30 de octubre de 2018. Agrega que dichos pronunciamientos constituyen una vía de hecho, ya que no tuvieron en cuenta la suspensión del término de caducidad cuando se intenta la conciliación.

3. Pide, en consecuencia, que se le dé trámite al escrito inicial (f. 14).

RESPUESTAS DE LOS ACCIONADOS Y VINCULADOS

1. El Juez Treinta y Dos Civil del Circuito de Bogotá adujo que las decisiones que profirió se ajustan a derecho y allegó copias de las mismas (f. 25).

2. La magistrada del tribunal que desató la apelación dijo que el pronunciamiento que dictó «se encuentra de conformidad con la ley, la Constitución y…la inconformidad del recurrente estaba sustentada en una norma derogada» (f. 46).

CONSIDERACIONES

1. Problema jurídico.

Corresponde a la Corte establecer si las accionadas vulneraron las garantías denunciadas por rechazar la demanda de impugnación de actas de asamblea presentada por el querellante contra el Edificio Uransa I P.H.

2. Procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales.

Acorde a los criterios jurisprudenciales de esta Corporación, se ha dicho y reiterado, en línea de principio, que la tutela no procede contra las decisiones o actuaciones jurisdiccionales, toda vez que en aras a mantener incólumes los principios que contemplan los artículos 228 y 230 de la Carta Magna, al juez constitucional, no le es dable inmiscuirse en el escenario de los trámites ordinarios en curso o terminados, para variar las decisiones proferidas o para disponer que lo haga de cierta manera.

Por regla de excepción se tienen aquellos casos en donde el funcionario ha incurrido en un proceder arbitrario y claramente opuesto a la ley, o ante la ausencia de otro medio efectivo de protección judicial, eventos que luego de un ponderado estudio tornarían imperiosa la intervención del juez de tutela con el fin de restablecer el orden jurídico.

3. Decisión que será objeto de análisis.

Si bien el reclamo se dirige contra las providencias de primera y segunda instancia, el análisis de la Corte se circunscribirá a la proferida el 30 de octubre de 2018 por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, por cuanto fue la que definió el asunto. Al respecto, ha señalado la jurisprudencia que:

«(…) aunque el quejoso enfila su ataque contra la decisión de primera instancia, en esta sede constitucional es inane detenerse en ella, pues, al haber sido apelada y estudiada por el ad quem, fue sometida a la controversia que...

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