SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 57270 del 18-09-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842334533

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 57270 del 18-09-2019

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 57270
Fecha18 Septiembre 2019
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL14383-2019


RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Magistrado ponente


STL14383-2019

Radicación n.° 57270

Acta 33


Bogotá, D. C., dieciocho (18) de septiembre de dos mil diecinueve (2019).


La Sala resuelve la acción de tutela que instauró Emel Eduardo Gutiérrez Rodríguez, como apoderado judicial de M.F.L.R. contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, trámite extensivo al Juzgado Treinta y Nueve Laboral del Circuito de esta ciudad, las partes y los intervinientes del proceso especial de fuero sindical número 2018-00649.


  1. ANTECEDENTES


El tutelante promovió la acción de tutela que ocupa la atención de la Sala, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales a la seguridad jurídica, al debido proceso, a la administración de justicia, a la asociación sindical y a la negociación colectiva, los cuales, en su parecer, le fueron transgredidos por el tribunal accionado, en el curso del proceso especial de fuero sindical atrás mencionado.


Como sustento de su petición relató que, ante el Juzgado Treinta y Nueve Laboral del Circuito de Bogotá inició proceso especial de fuero sindical contra la Empresa Colombiana de Petróleos «ECOPETROL», para obtener el reintegro al cargo que venía desempeñando al momento del despido, así como el pago de los salarios dejados de percibir desde la terminación de la relación laboral; que soportó sus pretensiones, en que había vinculado a la demandada desde el 14 de agosto de 2012, a través de un contrato individual de trabajo a término indefinido, en el cargo de profesional I; y que, el 24 de octubre de 2018, a las 4:00 p.m., el jefe del Departamento de Operaciones de perforación de la sociedad, le había comunicado que se daría fin al vínculo laboral por existir justa causa; que, agotadas las etapas procesales, por sentencia del 5 de agosto de 2019, el despacho judicial accedió a lo perseguido en el escrito inicial; que, al ser apelada dicha determinación, fue revocada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de esta capital mediante sentencia del 27 de agosto de 2019.


Aseveró que pertenecía a la Junta Directiva de la Asociación Sindical de Trabajadores de la Industria del Petróleo «ASTIP», lo cual fue notificado a la Empresa el 24 de octubre de 2018, a las 3:00 p.m.


Sostuvo que, en el recurso de apelación, se solicitó la modificación del fallo de primera instancia; sin embargo, el Tribunal, «incumpliendo su competencia», se pronunció sobre aspectos no alegados por la empresa recurrente. En ese sentido, expuso que hubo una extralimitación del Colegiado, pues no conservó el principio de consonancia.


Con apoyo en los hechos descritos, pidió que se tutelaran sus derechos presuntamente conculcados, y se ordenara al Tribunal proferir otra decisión «teniendo en cuenta el fuero sindical (…) que tenía al momento del despido».


La acción de tutela que se instauró en términos precedentes, se admitió mediante auto de fecha 12...

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