SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 109121 del 03-03-2020 - Jurisprudencia - VLEX 844654909

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 109121 del 03-03-2020

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 109121
Fecha03 Marzo 2020
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP2423-2020


SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2



LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente


STP2423-2020

Radicación 109121

(Aprobado Acta No. 54)


Bogotá D.C., tres (03) de marzo de dos mil veinte (2020).



VISTOS:


Resuelve la Sala la impugnación presentada por el apoderado de MILTON GONZALO MARTÍN MONROY contra la sentencia de tutela proferida el 11 de diciembre de 2019 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que negó el amparo de sus derechos fundamentales presuntamente vulnerados por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Manizales y el Comité de Reclamos de Ecopetrol Uso de Puerto Salgar.





FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


Del escrito de tutela se extrae que M.G.M. laboró para ECOPETROL desde el 1º de agosto de 2008 hasta el 28 de abril de 2017, cuando la empresa lo despidió luego de adelantarle proceso disciplinario por haberse presentado a laborar en estado de alicoramiento el 7 de abril de ese mismo año.


Inconforme con el despido, el 17 de mayo de 2017 acudió ante el Comité de Reclamos de ECOPETROL S.A.-USO de Puerto Salgar, quien el 25 de enero de 2018 profirió laudo arbitral en el que confirmó el despido de la parte actora, al haber encontrado infundada la reclamación presentada por el trabajador.


El 1º de febrero de 2018, el Comité de Reclamos notificó a M.M.M. el contenido del laudo arbitral proferido en su contra; como consecuencia de lo anterior, interpuso recurso de anulación, el cual se concedió.


Pese a lo anterior, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales avocó el conocimiento del recurso de anulación y el 9 de marzo de 2018 profirió sentencia, a través de la cual decidió anular el mencionado laudo arbitral por falta de motivación. A la par, dictó la sentencia de reemplazo en la que no accedió a las pretensiones del accionante por cuanto ECOPETROL S.A. le respetó el debido proceso y concluyó que el empleado infringió el reglamento interno de trabajo al superar los niveles de alcohol permitidos para laborar.


Acto seguido, expuso el accionante que en junio de 2019 culminó la investigación disciplinaria que adelantó ECOPETROL S.A. en su contra resultando absuelto de la falta imputada.


El actor acude al mecanismo de protección constitucional, porque considera que la decisión de la Corporación accionada constituye una vía de hecho porque “se desconoció la competencia de la Sala Disciplinaria de Ecopetrol para investigar disciplinariamente a los servidores públicos de...

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