SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 109536 del 24-03-2020 - Jurisprudencia - VLEX 844655444

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 109536 del 24-03-2020

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaT 109536
Número de expedienteT 109536
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Pereira
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha24 Marzo 2020

PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR

Magistrada Ponente

Radicación N°. 109536

Acta 72

Bogotá D. C., veinticuatro (24) de marzo de dos mil veinte (2020).

VISTOS

Se pronuncia la Sala sobre la impugnación formulada por JHON FREDY Q.L., frente al fallo proferido el 22 de enero del presente año por la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE PEREIRA, mediante el cual negó el amparo de sus derechos fundamentales, supuestamente vulnerados por el JUZGADO QUINTO PENAL DEL CIRCUITO, el JUZGADO QUINTO PENAL MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTIAS, la FISCALÍA 16 SECCIONAL y la FISCALÍA 22 SECCIONAL, todos de esa ciudad.

Tutela 2ª Instancia

Radicación N°. 109.536

JHON FREDY Q.L.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS

El 14 de marzo de 2019 se adelantó ante el Juzgado Quinto Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de P., audiencias preliminares de legalización de captura y formulación de imputación contra el hijo y pupilo1 de J.F.Q.L..

En esa oportunidad, Q.L. quiso fungir como abogado de confianza de su descendiente. Sin embargo, fue relevado de su rol de defensor, en tanto advirtió el juez del caso su desconocimiento frente a temas propios del procedimiento penal acusatorio, que podrían, a la postre, afectar las garantías del procesado. Por cuenta de esa situación, para los trámites posteriores, una delegada de la Defensoría asistió al hijo del accionante.

El 6 de junio de 2019, se llevó a cabo ante el Juzgado Quinto Penal del Circuito de P., audiencia de formulación de acusación en contra del procesado y, otra vez, Q.L. quiso fungir como defensor de confianza, pero fue nuevamente separado de su cargo porque en criterio del juez, el accionante no podía realizar una defensa técnica idónea.

1 Fue declarado interdicto por discapacidad mental absoluta en sentencia del Juzgado 3° de Familia de P.. Se designó como curador del incapaz al señor JHON FREDY QUINTERO LASERNA.

Tutela 2ª Instancia

Radicación N°. 109.536

JHON FREDY Q.L.

Ante la negativa de los juzgados en permitirle defender los intereses de su hijo - imponiéndole requisitos ilícitos e ilegales y humillándolo-, instauró acción de tutela.

Señala en la demanda, que el Juzgado 5° Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías y el Juzgado 5° Penal del Circuito de P. -en asocio con el Ministerio Público y las fiscalías 16 y 22 seccionales de P.- han vulnerado sus derechos a la dignidad, al buen nombre, a la honra, a la buena reputación profesional, a la igualdad y al trabajo. Y, a su vez, han vulnerado los derechos de su hijo al acceso a la administración de justicia y al debido proceso.

Pide, en consecuencia, que se requiera a los accionados para que “se ABSTENGAN de cometer tantas y tan abusivas decisiones” como las que son...

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