SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56086 del 19-08-2020 - Jurisprudencia - VLEX 847692680

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56086 del 19-08-2020

Sentido del falloSI CASA / DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente56086
Fecha19 Agosto 2020
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Valledupar
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de sentenciaSP2989-2020



FABIO OSPITIA GARZÓN

Magistrado Ponente





SP2989 - 2020

Casación No. 56086

Acta n° 170





Bogotá, D. C., diecinueve (19) de agosto de dos mil veinte (2020).



Decide la Sala el recurso extraordinario de casación interpuesto por el defensor de LINO JOSÉ GUERRA MANJARREZ contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Valledupar el 17 de mayo de 2019, mediante la cual confirmó la emitida el 23 de abril del mismo año por el Juzgado Quinto Penal Municipal de esa ciudad, que condenó al procesado por el delito de lesiones personales culposas.



H E C H O S


El 13 de enero de 2012, C.J.M.H. se trasportaba en la motocicleta de placas HKT-36 C, cuando fue impactado por el vehículo de placas BFR-183 conducido por Lino José Guerra Manjarrez, quien omitió cumplir la señal reglamentaria de Pare que se encontraba en la vía. El impacto ocasionó a la víctima fracturas en el fémur izquierdo, incapacidad definitiva de 90 días y secuelas de deformidad física que afecta el cuerpo de carácter permanente, de acuerdo con los informes médico legales no fatales 2012-04010300455 y 04010302162.



ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE



1. El 11 de mayo de 2016, ante el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal con Función de Control de Garantías de S.J.d.C., la fiscalía formuló imputación contra Lino José Guerra Manjarrez, por el delito de lesiones personales culposas, descrito en los artículos 111, 112-2, 113-2 y 120 del C.. El imputado no se allanó a los cargos.


2. El 17 de enero de 2019, la Fiscalía 22 de la Estructura de Apoyo de Valledupar radicó el escrito de acusación en los mismos términos que la imputación. Al Juzgado Quinto Penal Municipal de la misma ciudad le correspondió adelantar la etapa de juzgamiento, despacho que llevó a cabo la audiencia de formulación de acusación el 17 de enero de 2019 y la preparatoria el 25 de febrero siguiente.


3. La audiencia de juicio oral y público se adelantó en sesiones del 19 de marzo, 2, 5 y 10 de abril de 2019. Clausurado el debate en ésta última fecha, el 11 de abril siguiente se anunció el sentido del fallo declarando culpable a Lino José Guerra Manjarrez, por el delito de lesiones personales culposas.


4. El 23 de abril de 2019, el mismo despacho judicial emitió la sentencia condenatoria, siendo impugnada por la defensa.


5. La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, confirmó la condena en fallo del 17 de mayo de 2019.


6. En su contra, el defensor interpuso el recurso...

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