SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 114601 del 09-02-2021
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | T 114601 |
Número de sentencia | STP1133-2021 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Fecha | 09 Febrero 2021 |
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
Magistrado Ponente
STP1133-2021
Radicación Nº. 114601
Acta No. 23.
Bogotá, D.C., nueve (9) de febrero de dos mil veintiuno (2021).
ASUNTO
Procede la Corte a resolver la impugnación interpuesta por LUIS EDUARDO SEDANO MEJÍA, contra la sentencia de tutela proferida el 17 de noviembre de 2020 por la S. Penal del Tribunal Superior de Bogotá, mediante la cual negó el amparo de su derecho fundamental de petición presuntamente vulnerado por las Fiscalías 277 Seccional, 158 Seccional de la Unidad de Fe Pública y Orden Económico y 375 Local Unidad de Direccionamiento e Intervención Temprana de Denuncias.
En actuación que dispuso vincular a la Subdirección del Sistema de Gestión Documental de la Fiscalía General de la Nación.
PROBLEMA JURÍDICO A RESOLVER
Corresponde a la Corte determinar si la Fiscalía 357 Local Unidad de Direccionamiento e Intervención Temprana de Denuncias de esta ciudad, vulneró los derechos fundamentales del actor, al no resolver la petición por él formulada ante esa autoridad el 6 de julio de 2020.
ANTECEDENTES PROCESALES
Con auto de 4 de noviembre de 2020, la S. Penal del Tribunal Superior de esta ciudad avocó el conocimiento de la acción de tutela y dispuso surtir los traslados respectivos a efectos de garantizar el derecho de defensa y contradicción de la autoridad accionada.
Mediante proveído de 18 de enero de 2021, el que fue notificado por la secretaría el 29 de enero del año en curso, esta Corte dispuso vincular a la Subdirección del Sistema de Gestión Documental de la Fiscalía General de la Nación.
RESULTADOS PROBATORIOS
1. El Fiscal 158 Seccional informó que el 4 de agosto de 2020 le asignaron la actuación CUI 110016102838202002071 originada en la denuncia presentada por el actor, por hechos calificados en la conducta punible de fraude procesal, resaltando que ese despacho no tiene petición pendiente por resolver.
Resaltó que, la primera petición y su...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba