SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100122030002013-01174-01 del 28-08-2013
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Civil de Bogotá |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Fecha | 28 Agosto 2013 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de expediente | T 1100122030002013-01174-01 |
República de Colombia
Corte Suprema de justicia
Sala de Casación Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
Magistrada Ponente:
MARGARITA CABELLO BLANCO
Bogotá, D.C., veintiocho (28) de agosto de dos mil trece
(2013).
Discutido y aprobado en Sala de 21-08-2013.
REF. Exp. T. No. 11001-22-04-000-2013-01174-01
Decídese la impugnación interpuesta contra la decisión de 18 de julio de 2013, mediante la cual la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá negó la acción de tutela promovida por N.F.L.P. como agente oficioso de su hijo J.F.G.L. frente al Ejército Nacional- Dirección de Reclutamiento-, trámite al cual se vinculó, "ex officio", al Batallón de Artillería No. 5 "C.J.M..G..
ANTECEDENTES
1.- La promotora, demandó la protección constitucional de sus derechos fundamentales a la libertad de locomoción, trabajo, seguridad social, debido proceso, derecho de petición y a la "asistencia y protección a los menores de edad", presuntamente vulnerados por el ente acusado al hallarse su hijo arbitrariamente reclutado a efectos de prestar el servicio militar.
2.- Arguyó, como fundamento de su reclamo, en síntesis, lo siguiente:
2.1.- El 16 de mayo del año que discurre, en el municipio de El Rosal (Cundinamarca) su hijo fue reclutado por miembros del batallón de Facatativá.
2.2.- Aduce que a pesar de su insistencia y de haber presentado el registro civil de su nieta, los militares a cargo del operativo insistieron y se lo llevaron, siendo traslado finalmente al batallón de Artillería No. 5 "Capitán José Antonio Galán", donde se encuentra actualmente.
2.3.- Manifiesta que J.F. hace vida marital desde hace aproximadamente dos años con "Nancy Janeth Villamil Rojas," con quien constituyó una familia que depende económicamente de los ingresos que devenga en la empresa "Employment Solutions S.A.S", donde precisamente el empleador le canceló el contrato de trabajo por "abandono del cargo" y por ende "cesaron las contribuciones a la seguridad social, dejando desamparad[a] consecuencialmente a su hija quien figuraba como beneficiaria".
2.4.- Agrega que junto con la "compañera permanente" de su hijo, han allegado sendas peticiones al accionado, mediante las cuales anexó el "registro civil de nacimiento de la hija, [la] declaración extraprocesal sobre convivencia y dependencia económica, [la] certificación de afiliación a la E.S. donde figura la menor como beneficiaria, así como el nombre del patrono
donde trabaja y [el] recibo de servicios públicos", pruebas que aparentemente no han sido suficientes y no fe han dado una respuesta...
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