SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 67327 del 13-07-2016 - Jurisprudencia - VLEX 874062219

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 67327 del 13-07-2016

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha13 Julio 2016
Número de expedienteT 67327
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL9746-2016
República de Colombia



Corte Suprema de Justicia


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



FERNANDO CASTILLO CADENA

Magistrado Ponente



STL9746-2016

Radicación n.° 67327

Acta 25


Bogotá, D.C., trece (13) de julio de dos mil dieciséis (2016)


Decide la Corte la impugnación formulada, a través de apoderado, por JHOAN SEBASTIÁN VELASCO SUÁREZ contra el fallo de 26 de mayo de 2016, proferido por la Sala de Casación Civil, en el trámite de la tutela que adelantó contra la SALA CIVIL FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ y el JUZGADO VEINTIDÓS DE FAMILIA a la que se vinculó al JUZGADO DOCE DE FAMILIA, ambos de la misma ciudad, y a las partes e intervinientes de los procesos a los que alude el promotor.

I. ANTECEDENTES


El accionante pidió el amparo de los derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso, a la defensa, a la familia, al nombre, a la familia, presuntamente vulnerados por las autoridades accionadas.


Como fundamento de su solicitud expuso que E.K.F., quien era el único accionista de la COMERCIALIZADORA KAYSSER C.K. S.A.S., falleció el 12 de octubre de 2013, fue padre de K.L.F.S., N.F.S. y Jhoan Sebastián Velasco Suárez, quien adelanta un proceso de filiación extramatrimonial desde el año 2013; que se realizó la prueba de ADN con el tío paterno Boutros Kaissar Feghali, que demostró «que el linaje obtenido de las muestras son idénticos, y no se excluye una relación vínculo paterno con el señor E.K.F. (q.e.p.d.)»; que J.F.W. le propuso adelantar los procesos de filiación extramatrimonial, sucesión y costear la prueba genética a cambio del 70% de los derechos herenciales que le debía ceder, y para ello se suscribió un documento privado el 8 de noviembre de 2013.


Que el actor revocó el poder que había otorgado a quien fungía como su apoderado en los citados procesos y promovió incidente de regulación de honorarios.


Adujo que L.J.S., madre de la menor Kimberly Lizeth Feghali Sanabria tomó la administración de la mencionada comercializadora, pero fue removida por los hermanos del causante; que luego de que acudió a la Superintendencia de Sociedades en procura de la anulación de las actas que modificaron los estatutos de la empresa, suscribió un acta de conciliación con el señor F.W. y le cedió 195.000 acciones, sin tener en cuenta a los demás herederos del fallecido, motivo por el que acudió a la Cámara de Comercio a través de la revocatoria directa de la inscripción de dicho documento, la cual se le rechazó.


Informó que el 3 de junio de 2014 inició proceso ante la Supersociedades de impugnación de actas, la cual no se le aceptó por no tener reconocimiento y en consecuencia no se tuvieron en cuenta las denuncias que formuló.


Aseveró que la prueba practicada dentro del proceso de filiación arrojó una probabilidad acumulada de paternidad con el causante de 99.999999910 % el 12 de agosto de 2014; posteriormente, por escritura pública del 27 del mismo mes, Lizeth Johana Sanabria transfirió a J.F.W. a título de venta, todos los derechos herenciales universales y los que le pudieran corresponder a la menor K.L.F.S. en la sucesión de E.K.F.; no obstante lo anterior, el apoderado de la citada procedió a «dilatar el proceso de filiación extramatrimonial, interponiendo recursos, acción de tutela y así impedir que mi representado sea reconocido como hijo del causante», entre estos pidió la exhumación del cadáver, prueba que negó el Juzgado 12 de Familia por auto de 24 de agosto de 2015, el cual se remitió al Tribunal Superior de Bogotá, sin que haya sido resuelto.

Señaló que el Juzgado 22 de Familia donde cursa la sucesión, por auto del 13 de agosto de 2015 suspendió la diligencia de inventarios y avalúos hasta que el accionante allegara el registro que lo acredite como hijo del causante; no obstante lo anterior, el Despacho Décimo de Descongestión al que pasó el proceso, y por solicitud del apoderado del señor F. levantó la suspensión del proceso y citó para la audiencia de inventarios y avalúos para el 4 de febrero de 2016, el cual apeló, no obstante el mismo fue resuelto el 30 de marzo de 2016 desconociendo el auto anterior y citó para llevar a cabo la diligencia para el 23 de mayo de 2016 a las 8 a.m.


Que la...

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