SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 96440 del 30-01-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874062522

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 96440 del 30-01-2018

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP1056-2018
Número de expedienteT 96440
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha30 Enero 2018





EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente




STP1056-2018

Radicación Nº 96440

(Acta 23)




Bogotá, D. C., treinta (30) de enero de dos mil dieciocho (2018).



Resuelve la Sala la acción de tutela presentada por N.E.C. contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y el Juzgado 21 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta ciudad, por la presunta trasgresión de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y libertad, dentro del trámite de ejecución de la pena que se le adelanta.

ANTECEDENTES

Y

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


De la información aportada a la actuación y del escrito de la demanda, se llega al conocimiento de lo siguiente:


Contra NELSON EDUARDO CUÉLLAR se adelanta procedimiento especial de justicia y paz bajo el radicado No. 2014-00110, dentro del cual se decretó la conexidad de dos actuaciones: la primera, en la que en auto de 13 de septiembre de 2010 por el que el Juzgado 3° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja acumuló las sentencias dictadas en los procesos 2004-00037 y 2004-0026 (2004-0028), y la segunda, la investigación No. 136421 adelantada en la Fiscalía 18 Delegada ante los Juzgados Penales del Circuito de Neiva.


Así mismo, negó la conexidad de la sentencia proferida en su contra dentro del radicado No. 2008-00003 de 16 de julio de 2008 por el Juzgado Promiscuo Municipal de Algeciras (H., a través del cual condenó a N.E.C. como autor responsable del delito de tentativa de extorsión agravada a la pena de 48 meses de prisión, por hechos que no fueron cometidos en el contexto del conflicto armado.


Dentro de la actuación transicional, la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá mediante auto de 22 de junio de 2017 le concedió al sentenciado la libertad condicionada, quedando detenido en razón del proceso No. 2008-00003, a partir del 27 de junio de ese mismo año.


Inconforme, NELSON EDUARDO CUÉLLAR solicitó al Juzgado 21 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta ciudad la extinción por prescripción de la sanción penal de 48 meses que le impuso el Juzgado Promiscuo Municipal de Algeciras (H., tras considerar que es superior el tiempo que ha permanecido recluido por las demás actuaciones penales, por lo que se estructura tal fenómeno.


Dicha petición le fue negada por el juez vigía, mediante auto de 12 de junio de 2017, indicándole que ante la imposibilidad jurídica de ejecutar dos condenas al mismo tiempo, no puede entenderse superado el término de prescripción de la pena. Decisión que no fue objeto de recurso alguno.


Insistió el condenado en la prescripción de la pena y solicitó la libertad por pena cumplida, negada en auto de 17 de julio de 2017, sin que prosperara tampoco el recurso de reposición interpuesto.


El 11 de septiembre del año anterior fue negada de nuevo la libertad por pena cumplida, cuya decisión fue confirmada el 12 de diciembre de ese año por la Sala Penal del Tribunal Superior de esta ciudad.


Aduce el accionante que la determinación que le negó la extinción de la pena por prescripción, mediante auto de 12 de junio de 2017, es constitutiva de una vía de hecho en su contra, por desconocer...

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