SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 36438 del 15-05-2008
Emisor | Sala de Casación Penal |
Ponente | YESID RAMÍREZ BÁSTIDAS |
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Fecha | 15 Mayo 2008 |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de expediente | T 36438 |
S
egunda
instancia T.36438
MARTÍN EMILIO MUÑOZ JIMÉNEZ y o.
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS
Magistrado Ponente:
Y.R.B.
Aprobado Acta No.120.
Bogotá, D.C., mayo quince (15) de dos mil ocho (2008).
VISTOS:
Decide la Sala la impugnación interpuesta por MARTÍN EMILIO M.J., M.R.G., E.J.B., J.A.A.A., CARLOS ENRIQUE VEGA RAMOS, E.E.R.T., JULIO HERNÁN ABELLO PINZÓN, J.E.T.P., J.J.S.R. y L.F.B.G., contra la sentencia proferida el 4 de marzo del año en curso por la Sala de Casación Laboral de esta Corporación, a través de la cual negó la acción de tutela intentada por ellos en contra de la Sala Laboral del Tribunal Superior de este Distrito Judicial, y el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bogotá, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa, igualdad, asociación sindical y acceso a la administración de justicia.
1. La sociedad Panamco Colombia S. A. a través de apoderado inició proceso especial de fuero sindical, levantamiento y permiso para despedir a M.E.M.J., P.del Sindicato Nacional de Trabajadores de la empresa Panamco Indega S. A. “SINTRAINDEGA”.
2. Las diligencias fueron asignadas por reparto al Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bogotá, autoridad que el 10 de febrero de 2005 admitió el libelo y ordenó notificar personalmente al demandando, diligencia que se llevó a cabo el 28 de agosto de 2006, y el 1° de septiembre siguiente lo absolvió de todas y cada una de las pretensiones de la demanda, y en consecuencia, negó el levantamiento del fuero sindical.
3. Inconforme con la anterior decisión, la sentencia fue impugnada por la sociedad Panamco Colombia S. A., estando en trámite el recurso MARTÍN EMILIO M.J. en calidad de P. y representante legal de “SINTRAINDEGA” confirió poder a un abogado, profesional del derecho que el 12 de enero de 2007 contestó la demanda y solicitó se declarara nula la sentencia proferida en primera instancia, y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá devolvió el expediente al a quo para que resolviera el incidente de nulidad.
4. El Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bogotá el 9 de marzo de 2007 rechazó por extemporánea la nulidad invocada por el apoderado de SINTRAINDEGA, decisión que fue confirmada por su superior funcional el 15 de agosto de 2007.
5. Finalmente, mediante sentencia del 15 de agosto de 2007, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota, al...
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