SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 71919 del 29-03-2017
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de sentencia | STL4750-2017 |
Fecha | 29 Marzo 2017 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Laboral de Cúcuta |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de expediente | T 71919 |
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
Magistrado ponente
STL4750-2017
Radicación n.° 71919
Acta 11
Bogotá, D. C., veintinueve (29) de marzo de dos mil diecisiete (2017).
La Sala resuelve la impugnación interpuesta por NORVEY LEANDRO JIMÉNEZ JIMÉNEZ contra el fallo proferido el 14 de febrero de 2017 por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cúcuta, dentro de la acción de tutela que interpuso contra la DIRECCIÓN DE SANIDAD DEL EJÉRCITO NACIONAL, el TRIBUNAL MÉDICO LABORAL DE REVISIÓN MILITAR y la CLÍNICA MEDICAL DUARTE DE CÚCUTA, trámite al que se vinculó el Director del Establecimiento de Sanidad Militar 2015, el comandante del Batallón de Apoyo y Servicios para el Combate n.°30 Guasimales, el S. General del Ministerio de Defensa – Tribunal Médico de Revisión Militar y de Policía, y al comandante de la Trigésima Brigada.
- ANTECEDENTES
Del confuso escrito de tutela presentado por el accionante se pueden extraer los siguientes hechos:
Que la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cúcuta, mediante sentencia de tutela del 13 de diciembre de 2013, entre otras cosas, «negó el desacuartelamiento y la práctica de procedimientos quirúrgicos, así como el suministro de medicamentos que se reclaman a futuro atendiendo que no existe certeza, por ahora, de que los mismos sean necesarios para la recuperación y atención del paciente»; sin embargo, el 10 de enero de 2014, lo retiraron del Ejército Nacional; que luego de interponer un incidente de desacato, se le practicaron los procedimientos médicos que requería para el tratamiento de una lesión en el abdomen que sufrió mientras prestaba el servicio militar; que el 19 de diciembre de 2014, fue emitido el dictamen 74701 por la Junta Médica Laboral del Ejército Nacional en el que se determinó una pérdida de capacidad laboral del 29.11%.
Que presentó una nueva acción constitucional ante el Tribunal Administrativo del Norte de Santander, con el fin de que el Tribunal Médico Laboral resolviera la apelación interpuesta, y procediera a realizar una nueva valoración de las lesiones sufridas durante el servicio militar, y para que se ordenara su reintegro y el pago de los desplazamientos necesarios para la realización de los procedimientos médicos, exámenes y/o cirugías.
Que luego de que se calificara su pérdida de capacidad laboral, el 12 de febrero de 2017 recibió de parte del Ejercito Nacional la suma de $12.115.369; que se sometió a...
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