SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 89918 del 26-01-2017 - Jurisprudencia - VLEX 874135304

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 89918 del 26-01-2017

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 89918
Fecha26 Enero 2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP771-2017

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº. 1

Eyder Patiño Cabrera

Magistrado Ponente

STP771-2017

Radicación N°. 89.918

(Aprobado acta Nº. 21)

Bogotá, D. C., veintiséis (26) de enero de dos mil diecisiete (2017).

ASUNTO

Se resuelve la acción de tutela interpuesta por L.S.R.R., contra el Juzgado 19 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá y la Sala Penal del Tribunal Superior de esta ciudad, por la presunta violación de los derechos fundamentales al debido proceso y a la libertad.

Al presente trámite fueron vinculados los Juzgados 5° Penal del Circuito Especializado de la Capital y 1° de la misma especialidad de Cundinamarca.

HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

1. El 13 de abril de 2009, el Juzgado 5° Penal del Circuito Especializado de Bogotá, profirió sentencia condenatoria en contra del quejoso, al hallarlo responsable de los delitos de secuestro extorsivo agravado, porte ilegal de armas de fuego y hurto calificado y agravado, imponiéndole la pena principal de 23 años y 6 meses de prisión.

2. Posteriormente, el 15 de septiembre de 2011, el Juzgado 1° Penal del Circuito Especializado de Descongestión de Cundinamarca, sentenció anticipadamente al actor a la pena de 7 años y 8 meses de prisión, por el punible de secuestro simple. Penas que fueron acumuladas el 12 de julio de 2012 por el Juzgado 19 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta ciudad, fijando un total de 27 años y 4 meses de prisión.

3. El 5 de septiembre pasado, L.S.R.R. presentó ante el despacho ejecutor accionado petición de nulidad del proceso por el que fue condenado y libertad condicional, lo cual fue negado en auto del 7 del mismo mes y año.

4. Frente a la determinación anterior, el quejoso interpuso recurso de reposición y apelación, siendo despachado desfavorable el primero en auto del 8 de noviembre de 2015 y resuelto el segundo por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá el 14 de diciembre pasado, confirmando la decisión impugnada.

5. Inconforme con lo anterior, el accionante acude a la intervención del juez constitucional para insistir en la nulidad del proceso por el que fue condenado por el punible de secuestro simple, pues aduce que el juez competente para conocer del asunto era un penal ordinario y no especializado, aunado a que aceptó los cargos sin ser defendido.

En consecuencia, solicita que se declare nulo dicha actuación y se ordene su libertad condicional.

LAS RESPUESTAS

1. La Juez 19 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá señaló que ese despacho no ha vulnerado derecho alguno al accionante.

Anotó que avocó conocimiento de las penas impuestas al actor y que fueron acumuladas en 27 años y 4 meses de prisión por los delitos de secuestro extorsivo y agravado, secuestro simple, porte ilegal de armas de fuego y hurta calificado y agravado.

Que la nulidad que depreca en esta oportunidad ya fue objeto de estudio en el auto del 7 de septiembre de 2016 proferido por esa célula judicial por cuanto la sentencia se encuentra en firme y por tal razón es inmodificable.

2. El Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá que tuvo conocimiento del asunto remitió copia de la decisión del 16 de diciembre pasado, por medio de la cual confirmó la del juzgado ejecutor...

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